REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDA DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 27 de junio de 2023
212º y 164º
Exp. No. T5M-M-2086-23
PARTES SOLICITANTES: FRANCYS YNES CARABALLO GIL y ALFONSO JOSE CURZIO FERSULA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V.-6.856.870 y V.-5.963.497, respectivamente.-
Abogado Asistente: JOSE QUEVEDO, Inpreabogado Nº 43.679. -
MOTIVO. PARTICIÓN Y LIQUIDACION AMISTOSA DE BIENES.
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
-I-
Se recibe Distribución No. 360, contentivo de escrito de Solicitud de PARTICION Y LIQUIDACION AMISTOSA DE BIENES, presentada por los ciudadanos FRANCYS YNES CARABALLO GIL y ALFONSO JOSE CURZIO FERSULA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cedulas de identidad Nº V.-6.856.870 y V.-5.963.497, respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado JOSE IGNACIO QUEVEDO CENTENO, Inpreabogado Nº 43.679, y por cuanto la misma no es contraria al orden Público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, se ADMITE, cuanto ha lugar en Derecho.
Siendo que en fecha 22 de junio de 2023, comparecen los solicitantes, ya antes identificados y consignan los documentos anexos con los que sustentan dicha solitud.
Ahora bien, visto el escrito de Solicitud de PARTICIÓN DE BIENES AMISTOSA, presentado por las partes interesadas (folio 1 al 12) en los términos y condiciones siguientes:
“Ahora bien y como antes lo expresamos, procedemos de mutuo y común acuerdo amistoso, a partir la masa de bienes conyugales de la siguiente manera:
“PRIMERO: A la ciudadana: FRANCYS YNÉS CARABALLO GIL, antes identificada se le adjudica la Plena Propiedad de los bienes señalados con los Nº 1, 3, 5, 6, 7, 8, 9 y 10.
1.- Un (1) inmueble constituido por una Casa, la cual se encuentra ubicada en la siguiente dirección: Urbanización San Jacinto, Primera Avenida, Lote “S”, Número “S-5”, Parroquia Madre María de San José, del Municipio Girardot de la Ciudad de Maracay, Estado Aragua. Dicho inmueble se encuentra construido sobre una parcela de terreno propio, cuya extensión y linderos son los siguientes; Área de terreno de CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO METRO CUADRADOS CON SETENTA DECÍMETROS (475,70 M2), a la cual corresponde un 0,21308 por ciento del área. y cuyos linderos son los siguientes; Por el Norte: Con la parcela S-4; Por el SUR; Con la Avenida Primera; Por el Este; Con la parcela S-6 y por el Oeste; Con la calle, Trece, sentido -Norte -Sur. Dicho terreno está inscrito ante la dirección Catastral de la Alcaldía del Municipio Girardot del Estado Aragua, bajo el código Catastral Número 01.05-03-03-U1-028-026-009-000-000-000, y es de nuestra propiedad tal como se evidencia en el instrumento debidamente protocolizado por ante el Registro Público del Primer Circuito de los Municipios Girardot del Estado Aragua, en fecha 08 de Agosto de 1.991, quedando registrado así: Número 25, Folio 60 al 64, Tomo 7, Protocolo Primero. Así mismo el inmueble construido sobre dicho lote de terreno nos pertenece tal como se evidencia en el Título Supletorio expedido por el Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en fecha 22 de Noviembre de 2.021, según Sol. No T3M-M-136-2021, el cual fue posteriormente registrado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 26 de Noviembre de 2.021, quedando asentado en los libros respectivos así: Número 48, Folio 176697, Tomo 17, del protocolo de transcripción del año 2021.
3.- Un (1) inmueble constituido por un terreno, ubicado en el Sector La Chica, de la población de Aricagua, Municipio Antolín del Campo, Margarita - Estado Nueva Esparta, El referido inmueble tiene una superficie aproximada de SIETE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y TRES METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y CINCO DECÍMETROS ( 7.433,45 M2), y sus linderos son los siguientes: NORTE: Con terrenos que son o fueron de la sucesión de Antonio Monasterio; SUR: Con camino carretero que conduce a la posesión denominada “La Chica”; ESTE: Con terreno que es o fue de Juan Miguel Caraballo Gil; y OESTE: Con terreno que son o fueron de Lilia Josefina Caraballo de Rodríguez. Todo lo antes expuesto se evidencia en el instrumento de compra venta de fecha 28 de Septiembre de 1.990, el cual quedó asentado en los libros del registro Público de los Municipios Arismendi y Antolín del Campo, del Estado Nueva Esparta, en fecha 28 de Septiembre de 1.990, bajo el Número 48, Folios 159 vto al 162, Protocolo Primero, Tomo 3, Segundo Trimestre de 1.990.
5.- Un (1) inmueble constituido por una Casa y el terreno sobre el cual está construida, dicha parcela de terreno tiene un área aproximada de TRESCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (350 M2), y se encuentra ubicada en la siguiente dirección: Puerto Fermín, Calle Bolívar, Casa S/N, Municipio Autónomo Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta, siendo sus linderos y medidas los siguientes: NORTE: en Diez Metros (10 M), el cual es su frente con la calle Bolívar; SUR: en Diez Metros (10M), casa y terreno que es o fue de Benito Salazar; ESTE: en Treinta y Cinco Metros (35 M), casa y terreno que es o fue de Lilia Gil de Caraballo; y OESTE: en Treinta y Cinco Metros (35 M), casa y terreno que es o fue de Baltazar Malaver. Dicho inmueble pertenece a la comunidad conyugal, tal como se evidencia en el instrumento de compra venta, protocolizado por La Notaría Décima del Municipio Libertador del Distrito Federal en fecha 29 de Octubre de 2.003, y posteriormente registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Arismendi del Estado Nueva Esparta, en fecha 13 de Enero de 2.004, quedando registrado en los libros respectivos así: Numero 22, Folios 121 al 125, Protocolo Primero, Tomo Primero del Primer Trimestre del año 2.004.
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6.- Un (1) inmueble constituido por una Casa, la cual se encuentra ubicada en la siguiente dirección: Poblado de Puerto Fermín, Municipio Autónomo Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta, calle El Progreso, Casa número S/N, siendo sus linderos y medidas los siguientes: NORTE: en Sesenta y Cinco Metros (65 M), con terrenos que son o fueron de Luis Caraballo; SUR: en Sesenta y Cinco Metros (65 M), con terrenos que son o fueron de Valentín Hernández; ESTE: en Quince Metros (15 M), con su frente y vía pública; y OESTE: en Dieciocho Metros (18 M), con terrenos que son o fueron de Hermenegildo Hernández. La extensión aproximada de dicho terreno es de UN MIL SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA CENTIMETROS, (1.072,50 MTS2) aproximadamente. Todo lo cual se evidencia en el instrumento de compra venta registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Arismendi del Estado Nueva Esparta, en fecha 05 de Septiembre de 2.003, quedando asentado en los libros respectivos así: Numero 37, Folios 202 al 205, Protocolo Primero, Tomo Séptimo, Tercer Trimestre del año 2.003.
7.- Un (1) inmueble constituido por una parcela de terreno, el cual se encuentra ubicado en la siguiente dirección: Población de Puerto Fermín, Calle El Progreso, Nro. S/N, jurisdicción del municipio Antolín del Campo, estado Nueva Esparta, siendo sus linderos los siguientes: NORTE: con casa y terreno que es o fue de Denny del Valle Rincones de Caraballo; SUR: con casa y terreno que es o fue de Benito Salazar; ESTE: con calle El Progreso; la cual es su frente y OESTE: con casa y terreno que es o fue de Lilia Josefina Caraballo Gil y Francys Ynés Caraballo Gil. El área aproximada de dicho terreno es de CIENTO TREINTA METROS CUADRADOS, (130 Mts2), todo lo cual se puede evidenciar en el instrumento de compra venta de fecha 08 de Agosto d 2.003, el cual fue registrado por ante la Oficina Subalterna de Registro del Distrito Arismendi del Estado Nueva Esparta, quedando asentado en los libros respectivos así: Numero 32, Folios 167 al 170, Protocolo Primero, Tomo Cuarto del Tercer Trimestre del año 2.003, y se anexa a la presente para surtir los efectos legales correspondientes señalado así. “N”.
8.- Un (1) inmueble constituido por una parcela de terreno, ubicada en el poblado de Puerto Fermín, Calle El Progreso, Numero S/N, Municipio Autónomo Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta, siendo sus medidas y linderos los siguientes: NORTE: con calle Bolívar en 13 metros, la cual es su frente SUR: con terreno propiedad de Alfonso José Curzio Férsula, en 13 metros; ESTE: con calle El Progreso en 27 metros; y OESTE: con casa y terreno de Francys Ynés Caraballo Gil, en 27 metros. Siendo su extensión aproximada de Trescientos cincuenta y un metros cuadrados, (351 MTS2). Todo ello se evidencia según el instrumento de compra venta, de fecha 13 de Diciembre de 2.006, protocolizado por ante el Registro Inmobiliario de los Municipios Arismendi y Antolín del Campo, y registrado en los libros respectivos así: Numero 09, protocolo Primero, Tomo Séptimo, el cual también anexamos para que surta los efectos legales correspondientes, marcado así.
9.- Un (1) vehículo usado, cuyo número de placa y características son las siguientes: Placas AG043KG, Marca: JEEP, Modelo: CHEROKEE SPORT, Año: 2002, Color: AZUL, Serial de Carrocería: 8Y4GK48K421107896, Serial del Motor: 8Y4GK48K421107896, Clase: Camioneta, Tipo: Sport-Wagon, Uso: Particular, Fecha 02 de Mayo del 2.013 Cuyo certificado de registro de vehículo Número 110101065857 y número de autorización 0068YP631932, expedido por el Instituto Nacional de Transporte Terrestre, en fecha 02 de Mayo de 2.013.
10.- Un (1) vehículo usado, cuyo número de placa y características son las siguientes: Placas AK985IA, Marca: CHERY, Modelo: TIGGO/2.0L, Año:2014, Color: ROJO, Serial de Carrocería: LVVDD14B0ED033917, Serial del Motor: SQR484FAFDL02790, Clase: Camioneta, Tipo: Sport-Wagon, Uso: Particular, Fecha: 24/03/2015. Cuyo certificado de registro de vehículo número 150101206221, y numero de autorización 0234V7555968, expedido por el Instituto de Transporte y Tránsito Terrestre, en fecha 24 de Marzo de 2.015, se anexa marcado así: “Q”
SEGUNDO: Los bienes señalados con los Nº 2, 4, 11 y 12 y 13, serán distribuidos en partes iguales entre los ciudadanos FRANCYS YNÉS CARABALLO GIL y ALFONSO JOSÉ CURZIO FÉRSULA, es decir un CINCUENTA POR CIENTO (50%) para cada uno.
2.- Un (1) inmueble constituido por un local comercial, ubicado en el CENTRO COMERCIAL MARACAY PLAZA, el cual a su vez está ubicado en la Avenida Aragua cruce con Avenida Bermúdez, de la ciudad de Maracay, Estado Aragua, así mismo dicho inmueble se encuentra en la Planta Baja, sector E, número 69-E, del referido centro comercial, tiene un área aproximada de CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS (45 Mts2) y sus linderos son los siguientes: NORTE; En diez metros (10Mts) con el local Número PB-68; SUR; En diez metros (10Mts) con el local número PB-70-E; ESTE; En cuatro metros con cincuenta centímetros, (4,50 Mts) con el pasillo de circulación y por el OESTE, en cuatro metros con cincuenta centímetros, (4,50 Mts) con el depósito del auto mercado o parte ubicada en el nivel PB del local número 300E. Así mismo forma parte de dicho local el estacionamiento distinguido con el número 210, el cual se encuentra ubicado en la Planta Sótano, de dicho centro comercial, cuyas medidas, linderos, especificaciones y demás determinaciones constan en los planos que aquí damos por reproducidos en su totalidad, que a su vez están anexados al documento de condominio y fueron agregados al cuaderno de comprobantes, el día 30 de mayo de 1.991, bajo los números 242 y 245, folios 596 al 678 y 686 al 690, a dicho local le corresponde un porcentaje del cero enteros con trescientos setenta y dos milésimas (0,372 %) , sobre los derechos y obligaciones derivados del condominio del referido centro comercial. La compra del referido inmueble originalmente, se hizo conjuntamente con el ciudadano LUCIANO RODRIGUEZ CACHEIRO, quien es venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad número 5.530.471, a quien en principio perteneció el CINCUENTA POR CIENTO, (50 % ) , de dicho inmueble tal como se evidencia en el documento de compra venta , el cual fue registrado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Distrito Girardot del Estado Aragua, hoy Registro Público, en fecha Seis (06) de Febrero de 1.992, el mismo quedó registrado en los libros respectivos así: Número 18, Folios 47 al 49, Protocolo Primero, Tomo 6. Así mismo en dicho documento quedó constituida una hipoteca de primer grado sobre el referido inmueble a favor de la empresa INVERSIONES YACARAM C.A., la cual fue liberada tal como se evidencia en el instrumento de fecha 20 de Septiembre de 1.996, protocolizado por ante la Notaría Pública Duodécima de la ciudad de Caracas, quedando asentado así: Número 17, Tomo 101, de los libros respectivos, y posteriormente registrado por ante el Registro Público del Primer Circuito del Municipio Girardot, Parroquia Joaquín Crespo del Estado Aragua en fecha, 31 de Enero de 1.997, quedando asentado así: Número 8, Folios 25 al 27, Protocolo 1° Tomo 12. Ahora bien en fecha 20 de Mayo el ciudadano LUCIANO RODRIGUEZ CACHEIRO, ya identificado, y quien hasta la fecha antes citada, como ya se refirió, era conjuntamente con la comunidad conyugal, co-propietario de dicho inmueble, nos dio en venta el 50% de dicho inmueble , tal como se puede comprobar en el instrumento de compra venta , registrado por ante la Oficina Subalterna (Hoy Registro Público) del Primer Circuito de Registro del Municipio Girardot, Parroquia Joaquín Crespo del Estado Aragua, quedando asentado en los libros respectivos así: Número 23, Folios 80 al 82, protocolo 1°, Tomo 4, quedando de esa manera la totalidad de la propiedad del referido inmueble a la comunidad conyugal. Los tres documentos antes referidos se encuentran anexos a la presente solicitud, marcados.
4.- Un (1) inmueble constituido por una parcela de terreno, la cual forma parte de una de mayor extensión, la cual está ubicada en la siguiente dirección; Vía que conduce del Cardón al Tirano, Sabana del Cardón, Jurisdicción del Municipio Antolín del Campo, según cédula catastral No 24205. El inmueble en cuestión tiene una extensión de VEINTICUATRO MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES METROS CON 19 CENTÍMETROS CUADRADOS ( 24.643,19 Mts2) y sus linderos y medidas son los siguientes: NORTE: Del punto P-2A ( N 1.228.510,015- E 407.544,500) al punto P-1 (N 1.228.472,470- E 407.809,420) en DOSCIENTOS SESENTA Y SIETE METROS CON CINCUENTA Y SIETE CENTÍMETROS ( 267,57 M) con terrenos que son o fueron de NICOLÁS GUENSECHADZE; SUR: Del punto P-3A ( 1.228.427,336- E 407.532,764) al punto P-1; (N 1.228.382,060- E 407.852,150) en TRESCIENTOS VEINTIDÓS METROS CON CINCUENTA Y OCHO CENTRÍMETROS ( 322,58 M), con terrenos de ISRRAEL ANDARCIA DÍAZ, ESTE: Del punto P-1 ( N 1.228.472,470- E 407.809,240) al punto P-1; (N 1.228.382,060- E 407.852,150) en CIEN METROS ( 100 M), con calle que conduce de El Cardón a El Tirano, según plano; y OESTE: Del punto P-2A ( N 1.228.510,015- E 407.544,500) al punto P-3A; (N 1.228.427,336 - E 407.532,764) en OCHENTA Y TRES METROS CON CINCUENTA Y ÚN CENTÍMETROS ( 83,51 M), c propiedad del vendedor ISRRAEL ANDARCIA DÍAZ, todo lo cual se videncia según el instrumento de compra venta de fecha 07 de Noviembre de 2.014, el cual quedo asentado en el Registro Público de los Municipios Arismendi y Antolín del Campo del Estado Nueva Esparta así; Numero 2014.1128, Asiento registral Numero 1, inmueble matriculado con el Numero 393.15.10.1.3073, Libro de Folio Real del Año 2014, el cual se anexa a la presente marcado “ K”.-
11.- Un (1) inmueble constituido por una parcela de terreno, ubicada en la Urbanización San Jacinto, Parcela C-3, del Municipio Girardot, Parroquia Madre María de San José, Estado Aragua, la cual tiene un área aproximada de UN MIL CIEN METROS CUADRADOS (1.100 M2), a la misma le fue asignado el numero catastral 01-05-03-03-0-022-010-001-000-C00-003, a la cual le corresponde un porcentaje aproximado del 0,50731 % del área. Siendo sus linderos originales los siguientes: NORTE; Con la Avenida Primera ; por el SUR; Con la Parcela C-9, ESTE; Con la parcela C-4 y por el OESTE; Con la parcela C-2, tal como se evidencia en el instrumento de compra venta de fecha 30 de Mayo del año 2.012, el cual quedó asentado en los libros de la Notaría Pública Sexta Del Municipio Chacao Del Estado Miranda así: Número 03, Tomo 98, y registrado en el Registro Público Del Primer Circuito Del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 17 de Julio del año 2012, quedando asentado así: Numero 2012.1084,Asiento Registral 1 del Inmueble matriculado con el numero 281.4.1.3.4631 correspondiente al libro de folio real del año 2.012, número 2012, dicho instrumento se anexa marcado así : “R”. Dicha parcela a su vez fue dividida en dos porciones, previa autorización de la Dirección Ejecutiva de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio Girardot, según oficio Numero DEIM-004/2020, de fecha 15 de Septiembre de 2.020, el cual se anexa a la presente marcada “S”. Ahora bien realizada dicha división se originaron dos parcelas, la primera de ellas identificada como PARCELA C-3, la cual tiene una superficie de SEISCIENTOS SETENTA Y TRES METROS CUADRADOS, CON VEINTICINCO DECÍMETROS, (673,25 Mts2) y sus linderos, medidas y coordenadas son las siguientes: NORESTE; Con la primera avenida de la Urbanización San Jacinto, partiendo del Punto P1, según coordenadas N: 1132301.167 y E: 657662.902, se prosigue con dirección SURESTE, hasta localizar a una distancia de 18,oo Mts, el punto P9 de coordenadas N: 1132289.785 y E: 657676.848; Por el SURESTE; Con Parcela C-3A, del punto P9 de coordenadas N: 1132289.785 y E: 657676.848, prosiguiendo en dirección Suroeste, hasta localizar a una distancia de 36,18 Mts el Punto PQ, de coordenadas N: 1132260.882 y E: 657655.125, y por el SUROESTE; Con la parcela C9, del punto PQ de coordenadas N: 11332260.882 y E: 657655.125, prosiguiendo con dirección Noreste hasta localizar a una distancia d 19 Mts el punto P8, de coordenadas N: 1132272.488y E: 657640.078 y por el NOROESTE; Con EL Centro Comercial Obelisco, del punto P8 de coordenadas N: 1132272.488 y E: 657640.078, se prosigue con dirección Noreste hasta localizar a una distancia de 36,70 Mts, el punto P1, de coordenadas N: 1132301.167 y E: 657662.902, cerrándose de esta manera la poligonal. Una segunda parcela señalada con el NÚMERO C-3A, cuya extensión es de CUATROCIENTOS VEINTISÉIS METROS CUADRADOS CON SESENTA Y CINCO DECÍMETROS, ( 426,65 Mts2)a la cual le corresponde un porcentaje aproximado de 0,19681 % del área, y sus linderos, medidas y coordenadas son los siguientes: Por NORESTE: Con la Primera Avenida de la Urbanización San Jacinto, partiendo del Punto P9, cuyas coordenadas son N: 1132289.785 y E: 657676.848, prosiguiendo con dirección Sureste hasta localizar a una distancia de 12,59 Mts el punto PA, de coordenadas n: 1132281.825 y E: 657686.605; Por el SURESTE; Con parcela C-4, del punto PA, según coordenadas N: 1132281.825 y E: 657686.605, prosiguiendo con dirección Sureste, hasta localizar a una distancia de 35,81 Mts el punto PJ, de coordenadas N: 1132254.075 y e: 657663.960; Por el SUROESTE: Con la parcela C-10, del punto PJ, coordenadas n: 1132254.075 y e: 657663.960para proseguir con dirección Noreste hasta localizar a una distancia de 11,15 Mts el Punto PQ, cuyas coordenadas son las siguientes N: 1131879.829 y E: 657659.123 y por el NOROESTE; Con parcela C-3A, del punto Pq, y coordenadas n: 1132260.882 Y E: 657655.125, prosiguiendo con dirección Noreste, hasta localizar a una distancia de 36,18 Mts, el punto P9, de coordenadas N: 1132289.785 y E: 657676.848, cerrándose así la respectiva poligonal. La citada división de parcela se desprende del instrumento protocolizado por ante el Registro Público Del Primer Circuito del Municipio Girardot del estado Aragua, el cual quedó asentado así; Número 2012.1091Asiento Registral 2 del inmueble matriculado con el Número 281.4.1.3.4638, correspondiente al libro de Folio Real del año 2.012, cuyos linderos son los siguientes: NORTE; Con la Avenida Primera; SUR; Con la parcela C-9, por el Este; Con la parcela C-4 y por el OESTE; Con la parcela C-2. y con documento Protocolizado por ante Oficina Registro Público del Primer Circuito del Municipio Girardot, Estado Aragua, en fecha 08 de diciembre de 2020, el cual se anexa a la presente solicitud marcado así: “T”
12.- Un bien inmueble constituido por una parcela de terreno, distinguida con el Número C-9, ubicada en la URBANIZACIÓN SAN JACINTO, Municipio Girardot, Parroquia Madre María de San José, Maracay, Estado Aragua, cedula catastral numero 01-05-03-03-0-022-010-001-000-C00-009 y cuyos linderos y medidas son los siguientes: NORTE; Con la parcela C-3, por el SUR; Con la avenida de servicio, por ESTE; Con la parcela C-10 y por el OESTE; Con la parcela C-8, así mismo a dicha parcela le corresponde el 0,55268 % del área destinada a la venta, y su extensión total es de MIL CINCUENTA METROS CUADRADOS, ( 1.050,00 Mts2), tal como se evidencia en el instrumento de compra venta AUTENTICADO por ante la Notaría Pública Sexta del Municipio Chacao del Estado Miranda, el día 30 de Mayo de 2.012 y quedó inserto bajo el Número 03, Tomo 98 de los libros respectivos llevados por esa notaría, y REGISTRADO, por ante Registro Público del Primer Circuito Del Municipio Girardot del Estado Aragua el día 17 de Julio de 2.012, quedando inscrito bajo 2012.1090, Asiento Registral 1, del Inmueble matriculado con el Numero 281.4.1.3.4637, correspondiente al libro de folio real del año 2.012. Dicho instrumento se anexa al presente instrumento marcado “R”. Así mismo, la parcela en cuestión fue dividida en dos porciones, división la cual fue debidamente autorizada por la Dirección Ejecutiva de Ingeniería Municipal de la Alcaldía del Municipio Girardot, según oficio Número DEIM-005/2020, de fecha 09 de Diciembre de 2.020, el cual se anexa a la presente marcada “S”, la primera de las porciones fue distinguida con el NÚMERO PARCELA C-9A y tiene una extensión total de OCHOCIENTOS CATORCE METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SIETE DECÍMETROS CUADRADOS, ( 814,87 Mts2) y le corresponde el porcentaje aproximado de 0,42891 % del área, y sus linderos, medidas y coordenadas son las siguientes; NORESTE: Se divide en dos segmentos, un primer segmento con el CENTRO COMERCIAL OBELISCO, partiendo del punto P7 de coordenadas N: 1132274.309 y E : 657637.696, se prosigue con dirección Sureste hasta localizar a una distancia de 3,01 Mts, el punto P8, de coordenadas N: 1132272.488 y E: 657640.078 y un Segundo segmento con la parcela “C-3, del punto P8 de coordenadas N: 1132272.488 y E: 657640.078se prosigue con dirección Sureste, hasta localizar a una distancia de 19,00 Mts el punto PQ, de coordenadas N: 1131879.829 y E: 657659.123; SURESTE: Con parcela C9B, del punto PQ de coordenadas N: 1131879.829 y E: 657659.123, prosiguiendo con dirección Suroeste, hasta localizar a una distancia de 37,31 Mts el punto P10, de coordenadas N: 1132231.106 y E: 657632.745; Por el SUROESTE: Con la avenida de servicio, del punto P10 de coordenadas N: 1132231.106 y E: 657632.745, prosiguiendo con dirección Noroeste hasta localizar a una distancia de 22,02 Mts el punto P6, de coordenadas N: 1132244.882 y E: 657615.578 y NOROESTE: Con el Centro Comercial Obelisco, del punto P6, de coordenadas N: 1132244.882 y E: 657615.578, se prosigue con dirección Noreste, hasta localizar a una distancia de 36,81 Mts el punto P7, de coordenadas N: 1132274.309 y E: 657637.696, cerrándose así la poligonal de esta primera parcela. PARCELA C-9B, la cual tiene un área de DOSCINTOS TREINTA Y CINCO MTROS CUADRADOS CON TRECE DCIMETROS (235,13 Mts2), a dicha parcela le corresponde un porcentaje aproximado de 0,12376 % del área y sus lindero son los siguientes, medidas y coordenadas son las siguientes; NORESTE; Con parcela C-3A, partiendo del punto PQ de coordenadas N: 1131879.829 y E: 657659.123, se prosigue con dirección Sureste hasta localizar a una distancia de 6,89 Mts el punto PK, de coordenadas N: 1132256.673 y E: 657660.580, por el SURESTE: Con parcela C-10, del punto PK de coordenadas N: 1132256.673 y E: 657660.580, se prosigue con dirección Suroeste, hasta localizar a una distancia de 37,36 Mts del punto PL de coordenadas N: 1132227.534 y E: 657637.197; Por el SUROESTE: Con la Avenida de Servicio del punto PL de coordenadas N: 1132227.534 y E: 657637.197, prosiguiendo con dirección Noroeste hasta localizar a una distancia de 5,70 Mts el punto P10, de coordenadas N: 1132231.106 y E: 657632.745 y por el NOROESTE: Con parcela C-9ª, del punto P10 de coordenadas N: 1132231.106 y E: 657632.745, se prosigue con dirección Noreste hasta localizar a una distancia de 37,31 Mts el punto PQ de coordenadas N: 1131879.829 y E: 657659.123, cerrándose así la poligonal, tal DIVISION DE PARCELAS, se evidencia en el instrumento de fecha 10 de Febrero del año 2.021, el cual quedo registrado por ante el Registro Publico Del Primer Circuito Del Municipio Girardot del Estado Aragua, quedando inscrito así; Numero 2012.1085, Asiento Registral 2 del Inmueble matriculado con el Numero 281.4.1.3.4632, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.012, el cual se anexa a esta solicitud marcado “ U”.-
13.-Un inmueble conformado por la integración de Siete (7) parcelas, las cuales detallamos a continuación: PARCELA C-4, bajo el numero 2012.1086, asiento registral 1, del inmueble matriculado con el numero 281.4.1.3.4633, correspondiente al libro de folio real del año 2012; tiene una extensión de UN MIL CIEN METROS CUADRADOS, (1.100 Mts2), Numero catastral 01-05-03-03-U1-028-010-001-000-C00-004 y le corresponde un porcentaje aproximado de 0,50731 % del área y sus linderos son los siguientes; NORTE: Con la avenida Primera de la Urbanización San Jacinto; SUR: Con parcela C-6; ESTE: Con parcela C-5 y por el OESTE; con parcela C-3, PARCELA C-05; bajo e numero 2012.1094, Asiento registral 1, dl inmueble matriculado con el numero 281.4.1.3.4641, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.012, tiene un área de extensión de UN MIL CIEN METROS CUADRADOS (1.100,00 Mts2), Numero catastral 01-05-03-03-U1-028-010-001-000-PB0-005, le corresponde un porcentaje aproximado 0,50731 del área y sus linderos son los siguientes: NORTE; Con la Avenida Primera de la Urbanización San Jacinto; SUR; Con parcela C-11, ESTE; Con parcela C-6 y por el OESTE; Con la parcela C-4. PARCELA C-06; bajo l numero 2012.1089, Asiento Registral 1 del inmueble matriculado con el Numero 281.4.1.3.4636, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.012; la cual tiene un área de UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA METROS CUADRADOS (1.250 Mts2), Numero catastral 01-05-03-03-U1-028-010-001-000-143-742, y le corresponde un porcentaje de 0,63415 % aproximadamente del área, y sus linderos son los siguientes: NORTE; Con la Avenida Primera de la Urbanización San Jacinto; SUR; con parcela C-2 Y C-133; ESTE: Con la Avenida Nueve Norte Sur y por el OESTE; Con parcela C-5 PARCELA C-10; bajo el Numero 2012.1090, Asiento Registral 1, del inmueble Matriculado con el Numero 281.4.1.3.4637, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.012. La cual tiene una extensión de UN MIL CINCUENTA METROS CUADRADOS (1.050 Mts2), Numero catastral 01-05-03-03-U1-028-010-001-000-C00-010, y le corresponde un porcentaje aproximado del 0,53268 % del área y sus linderos son: NORTE; Con parcela C-4; por el SUR; Con la Avenida de Servicio; ESTE; Con la parcela C-11 y por el OESTE: Con la parcela C-9 PARCELA C-11; bajo el Numero 2012.1082, Asiento Registral 1 del inmueble Matriculado con el numero 281.4.1.3.4629, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.012; La cual tiene un área de UN MIL CINCUENTA METROS CUADRADOS, (1.050,00 Mts2), Numero catastral 01-05-03-03-U1-028-010-001-000-C00-011, y le corresponde un porcentaje aproximado de 0,53268 % del área y sus linderos son, por el NORTE: Con parcela C-4, por el SUR; Con la Avenida de servicio, por el ESTE: Con la parcela C-12 y por el OESTE: Con la parcela C-10; PARCELA C-12; Numero 2012.1092, Asiento Registral 1 del inmueble Matriculado con el Numero 281.4.1.3.4639, correspondiente al libro de Folio Real del año 2.012; la cual tiene un área de UN MIL CINCUENTA METROS CUADRADOS, (1.050 Mts2), Numero catastral 01-05-03-03-U1-028-010-001-000-PB0-012, y le corresponde un porcentaje aproximado de 0,53268 % del área, y sus linderos son: NORTE; Con parcelas C-5 y C-6, por el SUR; Con la avenida de servicio, por el ESTE; Con la parcela C-13 y por el OESTE; Con la parcela C-11, y la PARCELA C-13; bajo el Numero 2012.1087, Asiento Registral 1 del Inmueble Matriculado con el Numero 281.4.1.3.4634, correspondiente al Libro de Folio Real del año 2.012. Su extensión es de UN MIL OCHENTA METROS CUADRADOS, (1.080,00 Mts2), Numero catastral 01-05-03-03-U1-028-010-001-000-C00-013, y le corresponde un porcentaje de 0,54790 %, del área y sus linderos son: NORTE; Con parcela C-6, por el SUR; Con las avenidas d servicio y Nueve Norte-Sur, ESTE: Con la Avenida Nueve Norte y por el OESTE; Con la parcela C-12. El referido inmueble INTEGRADO, está ubicado en LA URBANIZACION SAN JACINTO, CALLE DE SERVICIO (S/F), LOTE C, PARCELA C-4, PARROQUIA MADRE MARIA DE SAN JOSE, MUNICIPIO GIRARDOT DE LA CIUDAD DE MARACAY ESTADO ARAGUA, tal como se evidencia en el instrumento de INTEGRACION DE PARCELAS, de fecha 15 de Abril de 2.021, el cual damos por reproducido aquí en su totalidad y declaramos conocer, el mismo fue registrado por ante El Registro Publico Del Primer Circuito Del Municipio Girardot Del Estado Aragua, y ase anexa a la presente solicitud marcado “V”. Dicho inmueble tiene una extensión de OCHO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y UN METROS CUADRADOS CON SETENTA Y OCHO DECIMETROS, (8.341,78 Mts2).
TERCERO: El inmueble señalado con el numero 13, del Capítulo II, el cual consta - como antes señalamos- de siete parcelas, y en algunas de ellas ya fueron construidos locales comerciales los cuales fueron destinados al arrendamiento, por tal circunstancia hemos considerado conveniente ejercer la administración de los citados locales comerciales, de manera conjunta o a través de administradores nombrados conjuntamente, para que ejerzan dichas funciones, así mismo hemos convenido que todo el dinero recaudado por concepto de dichos arrendamientos, sea partido por partes iguales entre ambos ex cónyuges, previo el pago de todos aquellos gastos que debieren cancelarse para el funcionamiento de dichos locales siempre que estos sean imputables a nosotros, así mismo acordamos que cualquier decisión de carácter administrativo que deba tomarse en la administración de dichos locales deberá siempre ser acordada por ambos socios, así mismo, de ser necesario y para un mejor desempeño en las funciones de los administradores de los referido locales comerciales, podrán acordarse otras medidas de carácter administrativas que los socios crean necesarias establecer, lo cual siempre deberá ser de manera conjunta, y en provecho de dicha comunidad.
Si existiese otro Bien que liquidar, se llevara a cabo posteriormente en partes iguales o de mutuo acuerdo entre las partes.
Quedando así DISUELTA definitivamente la SOCIEDAD CONYUGAL que existió entre nosotros, en consecuencia hacemos reciproca declaración de que nada tenemos que reclamarnos ni en el presente ni en el futuro ningún concepto que no sea expuesto…..”
UNICO
El ciudadano ALFONSO JOSE CURZIO FERSULA, titular de la cedula de identidad personal número 5.963.497 y suficientemente identificado, declara lo siguiente : Una vez que se produzca su fallecimiento, EL CINCUENTA POR CIENTO (50%), que corresponde a su cuota parte como propietario del bien contemplado en el Capítulo II, del presente instrumento, y señalado con el número 13, en concordancia con lo establecido en el CAPITULO III, APARTADO SEGUNDO, deberá partirse por partes iguales entre sus tres hijos, a saber: FIORELLA CARMINE CURZIO CARABALLO, titular de la cedula de identidad personal numero V-19.386.651, BIAGIO ALFONSO CURZIO CARABALLO, titular de la cedula de identidad personal numero V-20.451.235 y VALERIA STEFANIA CURZIO MENDEZ, pasaporte Italiano número YB9328152, y Certificado de Registro Español número NIE Y7115410-Y, los cuales a la fecha del otorgamiento del presente instrumento, son sus tres únicos hijos. Así mismo se anexan a la presente, sus identificaciones marcadas “X-Y-Z “”.-
Por los razonamientos antes expuestos por los solicitantes, y los términos y condiciones previstas mediante la cual de mutuo y común acuerdo decidieron CONVENIR en liquidar y partir la comunidad de los bienes adquiridos en su matrimonio, todo en virtud de la disolución del vínculo conyugal, según se desprende de las Copias Certificadas anexas al presente escrito de SENTENCIA DEFINITIVA, dictada en fecha 14 de noviembre de 2022, por el Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Santiago Mariño de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, y por cuanto dicha solicitud de partición amistosa, versa sobre derechos disponibles, este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN en los términos suscritos por ambas partes en lo que respecta a los bienes señalados en el escrito de solicitud, los cuales se dan reproducidos en este acto, se ordena proceder con el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Se da por terminado el presente Juicio y, se ordena expedir Copias Certificadas a los interesados. Cúmplase.-
DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: HOMOLOGADA LA PARTICION Y LIOQUIDACION AMISTOSA DE BIENES , en los mismos términos y condiciones suscritos por las partes, se ordena proceder con el carácter de Sentencia pasada en Autoridad de cosa Juzgada. Se ordena expedir copias certificadas. Cúmplase.-
Publíquese, notifíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, a los 27 días del mes de Junio de 2023. Años 212° de la Independencia y 164° de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,
ABG. JOSE LUIS PINTO.
LA SECRETARIA,
ABG. FRANCYS AVILA.
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a la anterior decisión, siendo las 10:00 am.
LA SECRETARIA
EXP. T5M-M-2086-23.-
JLP/FA/tp.-
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