REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
213° y 164°
La Victoria, 13 de junio de 2023.
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 6664-2023
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: JOSÉ LUÍS DE GREGORIO AZMOUZ GIL, titular de la cédula de identidad número V-12.143.683
I
En relación a la solicitud de fecha 6 de junio de 2023, presentada para su distribución ante el Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del estado Aragua por la ciudadana abogada Paula Colli Gondurak, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 53.895, la cual fue asignada a este tribunal y previa a la consignación de los documentos fundamentales de la solicitud, se admitió por auto dictado en fecha 7 de junio de 2023 donde solicitan sean declarado como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de cujus YUSSEF AZMOUZ, quien falleció ab-intestato, el día 2 de agosto de 2007. El Tribunal, una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los mencionados ciudadanos y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a la ciudadana: LUISA TERESA GIL DE AZMOUZ, titular de la cédula de identidad número V-2.241.233, en su carácter de cónyuge del de-cujus YUSSEF AZMOUZ, según se evidencia del acta de matrimonio consignada y a los ciudadanos JOSÉ LUÍS DE GREGORIO AZMOUZ GIL y FLORANGEL AZMOUZ GIL, titulares de la cédula de identidad Nros. V-12.143.683 y V-7.272.974 según se evidencia en las respectivas actas de nacimientos consignada, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de-cujus, YUSSEF AZMOUZ, quien fuera titular de la cédula de identidad número V-7.230.529, quien falleció ab-intestato, el día 2 de agosto de 2007, según consta en el acta N° 127, Tomo: VII, Año 2007, de los Libros de Defunciones llevados por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua. Y así se decide. Expídanse todas las copias certificadas necesarias de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA.
Dada, sellada y firmada en la sala de despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en La Victoria, a los trece (13) días del mes de junio de dos mil veintitrés (2023). Años 213° de La Independencia y 164° de la Federación.
LA JUEZ SUPLENTE,
ABG. LIZLLANA RIVAS LEÓN
EL SECRETARIO
ABG. ESTEBAN ZIEMS
En esta misma fecha se registró y publicó la anterior sentencia siendo las 1:30 pm.
EL SECRETARIO
ABG. ESTEBAN ZIEMS
Solicitud N° 6664-2023
LRL/EZ.-
|