REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


JUZGADO SUPERIOR PRIMERO EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
Maturín, 08 de Marzo del año Dos Mil Veintitrés (2.023)
212° y 164°
Visto el DESISTIMIENTO del recurso de apelación de fecha 07 de Marzo del año 2023, presentado por el abogado EDUARDO JOSÉ OVIEDO MENESES, venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 92.851, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, en virtud del acuerdo transaccional celebrado entre las partes en fecha 27 de febrero del 2023, el cual fue homologado por el JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS, en fecha primero (01) de marzo del 2023 (Folios 133 al 138 del presente expediente). En consecuencia, este Tribunal Superior le imparte su HOMOLOGACIÓN a este acto de auto-composición procesal de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil y ordena remitir el presente expediente al Tribunal de la Causa. Líbrese lo conducente. Cúmplase.
EL JUEZ,

PEDRO JIMÉNEZ FLORES.


LA SECRETARIA,

YRANIS GARCIA.
PJF/yg/.-
Exp N° 013.010.