REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL Y MERCANTIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL
Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
MATURÍN, TREINTA (30) DE MARZO DEL AÑO 2023.-
212º y 164º
Vista la anterior diligencia suscrita por la ciudadana MARIA ALEJANDRA QUIJADA Q. venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 27.366.407, Abogada en ejercicio e inscrita en e l Inpreabogado bajo el N° 304.418 domiciliada en Maturín, Estado Monagas actuando en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante la Sociedad Mercantil "INVERSIONES MARBI, C.A. (INMARBI,C.A) , mediante la cual solicita se libre cartel de citación de acuerdo a lo establecido en el artículo 223 del código civil; este Tribunal informa a la parte lo siguiente:
De conformidad con lo establecido en el artículo 223 del Código Civil lo cual reza lo siguiente: " El reconocimiento hecho separadamente por el padre o la madre sólo produce efectos para quien lo hizo y para los parientes consanguíneos de éste. El reconocimiento del concebido sólo podrá efectuarse conjuntamente por el padre y la madre"; este tribunal pudo observar que el artículo mencionado no guarda relación con lo solicitado y por cuanto no es procedente la solicitud realizada, es por lo que este tribunal niega lo solicitado. Y así se decide.-
MARY VIVENES VIVENES
JUEZA
MILAGRO MARÍN VALDIVIEZO
SECRETARIA
EXP. JUZ -1-PRI-PRI-INS-C-M-T N° 34.944
MG