REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.-.
Maracay, 24 de Marzo de 2023
213° y 163°

EXPEDIENTE: 42.203
PARTE ACTORA: Sociedad Mercantil INVERSIONES SUMAR C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero del Estado Aragua, en fecha 08 de diciembre de 1.999, bajo el Nº 68, Tomo 998-A
APODERADOS JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: AbogadosAMERICA RENDON MATA Y JOSE ANTONIO CASTILLO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 4.262 y Nº 30.911, respectivamente
PARTE DEMANDADA: Ciudadanos FERNANDO FERNANDES DE ANDRADE, MARIA FATIMA LESTE DE ABREU Y HANNA GEORGES MEJALI ATILLE, titulares de las cédulas de identidad Nº E.- 81.187.508, Nº V.- 8.685.940 y V-E- 742.429
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMADANDA: Abogados LUCINDO ALEJANDO PEREZ CASTILLO Y LUIS LEONARDO FUENTES VARIÑO, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nº 101.507 y 233.509, respectivamente.
MOTIVO: RETRACTO LEGAL ARRENDATICIO
DECISIÓN: LEVANTAMIENTO DE MEDIDA CAUTELAR. -

Sentencia Interlocutoria

En fecha 25 de Marzo de 2015 este Tribunal ADMITIÓ la demanda con motivo de RETRACTO LEGAL ARRENDATARIO, incoada por la Sociedad Mercantil, INVERSIONES SUMAR C.A., contra los ciudadanos FERNANDO FERNANDES DE ANDRADE, MARIA FATIMA LESTE DE ABREU Y HANNA GEORGES MEJALI ATILLE, ut supra identificados. (Folio 124, Pieza I)
Posteriormente, este tribunal, en fecha 05 de agosto de 2015, decretó la Medida de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre el siguiente bien inmueble:
• Local Comercial distinguido con el Nº 25, ubicado en la Planta Baja o primer nivel de Centro Comercial, PARQUE SAN JACINTO, SITUADO EN LA urbanización San Jacinto, jurisdicción del Municipio Girardot, Ciudad de Maracay, Estado Aragua e identificado con el número Catastral 040101483101000025; cuyos linderos, medidas y más determinaciones constan en Documento de Condominio, Protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Girardot Parroquia Joaquín Crespo del Estado Aragua , en fecha 19 de julio 1999, bajo el Nº 17, folios 44 al 60, Protocolo Primero, Tomo 6. El mencionado local, tiene una superficie aproximada de CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON DIEZ DECIMETROS CUADRADOS(47,10 Mts.2), y sus linderos son los siguientes: NORTE: Con cuarto de Gas; SUR: Con pasillo de Circulación; ESTE: CON LOCAL Nº 24 y OESTE: Con fachada oeste.
Este Tribunal en fecha 02/02/2023 declaró la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, tal y como se evidencia en los folios 126 al 134, la cual ha quedado definitivamente firme mediante auto de fecha 23/03/2023 el cual cursa al folio 135 de la segunda pieza del expediente, es por ello que este Tribunal ordena LEVANTAR MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR, sobre el inmueble antes identificado. Y así se decide.-
DISPOSITIVA
Por los razones, motivos y argumentos antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, declara:PRIMERO:LEVANTAR MEDIDA DE PROHIBICIÓN DE ENAJENAR Y GRAVAR decretada por este Juzgado en fecha 05/08/2015, sobre el siguiente inmueble: Local Comercial distinguido con el Nº 25, ubicado en la Planta Baja o primer nivel de Centro Comercial, PARQUE SAN JACINTO, SITUADO EN LA urbanización San Jacinto, jurisdicción del Municipio Girardot, Ciudad de Maracay, Estado Aragua e identificado con el número Catastral 040101483101000025; cuyos linderos, medidas y más determinaciones constan en Documento de Condominio, Protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Girardot Parroquia Joaquín Crespo del Estado Aragua , en fecha 19 de julio 1999, bajo el Nº 17, folios 44 al 60, Protocolo Primero, Tomo 6. El mencionado local, tiene una superficie aproximada de CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON DIEZ DECIMETROS CUADRADOS(47,10 Mts.2), y sus linderos son los siguientes: NORTE: Con cuarto de Gas; SUR: Con pasillo de Circulación; ESTE: CON LOCAL Nº 24 y OESTE: Con fachada oeste.SEGUNDO:Oficiar al Registro Subalterno del Primer Circuito de Registro del Municipio Girardot, a los fines que estampe la debida nota marginal correspondiente en libro que contiene el asiento del documento. Líbrese oficio.
No ha lugar condenatorio en costas en virtud de la naturaleza del fallo. Regístrese, y déjese copia certificada de la presente decisión para el archivo del tribunal. Se ordena la publicación de la presente decisión en el portal web, https://aragua.scc.org.ve/, incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve.Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, En la ciudad de Maracay, Estado Aragua, a los cuatro (24) días del mes de Marzo de 2.023. Años 213° de la Independencia y 163° de la Federación. Cúmplase. –
LA JUEZA

YZAIDA JOSEFINA MARIN ROCHE.
LA SECRETARIA,

MIRIAMNY LIZMAR JIMENEZ PADRINO.

En esta misma fecha se cumplió lo ordenado, se publicó y registró la anterior decisión siendo las 10:00 a.m.-

LA SECRETARIA,

MIRIAMNY LIZMAR JIMENEZ PADRINO.

EXP. Nº 42.203
YJMR/MLJP*