En relación a la solicitud presentada por la ciudadana ISABEL MARINA GAMEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-8.909.655, actuando en nombre propio y en representación de los ciudadanos JOSE GABRIEL AREVALO GAMEZ, JOSMAR AREVALO GAMEZ y RAFAEL DAVID AREVALO, venezolanos mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-18.759.210, V-18.759.209 y V-22.292.544 respectivamente, debidamente asistida por la abogada CLAYMERLYS CASTRO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 280.073, donde solicitan que sean declarados como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, JOSE RAFAEL AREVALO LEAL, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.566.230, fallecido ab-intestado en fecha 20 de junio de 2022. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia, promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos ISABEL MARINA GAMEZ, JOSE GABRIEL AREVALO GAMEZ, JOSMAR AREVALO GAMEZ y RAFAEL DAVID AREVALO, antes identificados, como “ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS” del de-cujus, JOSE RAFAEL AREVALO LEAL, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.566.230, fallecido ab-intestado en fecha 20 de junio de 2022, según consta en acta de defunción N°82 del año 2022, expedida por el Registro Civil del Municipio Ezequiel Zamora del estado Barinas. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia. -
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los veintitrés (23) días de Marzo de 2023. Años 212 ° de la Independencia y 163° de la Federación.-
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha se le dio cumplimiento al auto que antecede y se devuelve constante de ( ) folios utiles.-
LA SECRETARIA
Solicitud. N° TMP-7179-23
BA/SQ/lp.-
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