Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada la ciudadana NAILEE JOSEFINA RODRIGUEZ DE MARTINEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-11.592.321; asistida por el abogado WILFREDO DIAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N°301.450, sobre unas bienhechurías construidas sobre un lote de terreno ubicado en CALLE LAS CAYENAS ENTRE CALLE EL ROSAL Y RIO COROPO Nº332, BARRIO LA CARIDAD DEL COBRE II, MUNICIPIO FRANCISCO LINARES ALCANATAR DEL ESTADO ARAGUA. Código Catastral N° 05-17-01-U01-095-011-017-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO OCHO METRO CUADRADOS (108,00 Mts2) y un área de construcción de SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS (72,00 Mts2); y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de la ciudadana NAILEE JOSEFINA RODRIGUEZ DE MARTINEZ, antes identificada, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA


STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-7139-23
BAL/SQ/lp