REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTE: MARTINEZ TEPPA BEATRIZ CLEOTILDE AUXILIADORA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad, Nº V-2.085.242

ABOGADO ASISTENTE: REINA MERCEDES RIERA MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 127.734

MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO

SOLC. N°: 52-2023

SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la presente solicitud presentada por la ciudadana MARTINEZ TEPPA BEATRIZ CLEOTILDE AUXILIADORA, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad, Nº V-2.085.242, representada por la Abogada REINA MERCEDES RIERA MARQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 127.734, quien solicitó la Rectificación del acta de Defunción de su HIJA ciudadana VERONICA BEATRIZ MARQUEZ MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº 7.262.719, este despacho observa:
La mencionada acta corre inserta por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, con el numero de Acta N° 545, Tomo 2, de fecha 16 de Agosto de 1.966, donde por error material al momento de ser elaborada la Partida de Nacimiento ya mencionada, aparece el nombre de su madre como BEATRIZ MARTINEZ DE MARQUEZ, siendo lo correcto BEATRIZ CLEOTILDE AUXILIADORA MARTINEZ TEPPA DE MARQUEZ y donde se coloco el nombre de su padre como ANGEL NAIM MARQUEZ AMANO lo correcto ANGEL NAIN MARQUEZ AMANO .-

Para efecto probatorio la solicitante consignó los siguientes recaudos:

1. Copia certificada del acta de Nacimiento de la hija de la solicitante, antes identificada
2. Copia certificada del acta de matrimonio de los padres de la solicitante
3. Copias fotostáticas de la cedula de identidad de la solicitante y sus padres

Analizados los documentos cursantes en autos como lo son: Acta de nacimiento de la hija de la solicitante antes identificada, de la cual se evidencia claramente que el nombre de su madre fue colocado como BEATRIZ MARTINEZ DE MARQUEZ, siendo lo correcto BEATRIZ CLEOTILDE AUXILIADORA MARTINEZ TEPPA DE MARQUEZ y donde se coloco el nombre de su padre como ANGEL NAIM MARQUEZ AMANO lo correcto ANGEL NAIN MARQUEZ AMANO. En conclusión, se deduce que ciertamente como lo alego la solicitante, en el Acta de nacimiento objeto de rectificación, donde se incurrió en el error de no incluirla en la misma, así expresamente se decide.

Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación del acta de nacimiento de la ciudadana VERONICA BEATRIZ MARQUEZ MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº 7.262.719, por cuanto fue colocado el nombre de su madre como BEATRIZ MARTINEZ DE MARQUEZ siendo lo correcto BEATRIZ CLEOTILDE AUXILIADORA MARTINEZ TEPPA DE MARQUEZ y donde se coloco el nombre de su padre como ANGEL NAIM MARQUEZ AMANO lo correcto ANGEL NAIN MARQUEZ AMANO.-
Se ordena oficiar a los organismos respectivos, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de nacimiento de la ciudadana VERONICA BEATRIZ MARQUEZ MARTINEZ, titular de la cedula de identidad Nº 7.262.719.

Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la solicitud y de la sentencia que fueren menester a los interesados y remítanse con oficio a los organismos correspondientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los (20) días del mes de Marzo de dos mil veintitrés (2023).- Año 211° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,

Héctor Enrique Tabares Agnelli
La Secretaria

Janeth Pérez

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.

La Secretaria,


HETA/Jp
Sol: T3M-M-52-2023