REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE
MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Cagua, 13 del mes de marzo del 2023.
212º y 164°
Vista la anterior solicitud de DIVORCIO, presentada por la ciudadana ELSI LILIANA GAMEZ MOLLETONES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-10.756.462, debidamente asistida por la abogada YAMILE BEATRIZ ACOSTA SAEZ, inscrita en el I.P.S.A bajo el número 193.955, en contra del ciudadano VICTOR MANUEL VANDERVIEST URBINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-9.439.420, se le da entrada en el libro respectivo y de la revisión de las actas este Tribunal puede observar, que en los argumentos señalados, la solicitante indica distintos fundamentos jurídicos referente a divorcio contencioso establecido en el artículo 185 del Código Civil, sentencias de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, Nros, 1070 y 446 de fechas 09 de diciembre de 2016 y 15 de mayo de 2014, respectivamente, las cuales señalan procedimientos diferentes entre sí. En consecuencia, este Órgano Jurisdiccional, dicta el presente despacho saneador e insta a la parte interesada a subsanar lo indicado, a los fines legales consiguientes del derecho aplicable en la presente solicitud de divorcio para su admisión y sustanciación. Cúmplase.-
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. JOHANA DEL MAR AYAREZ GARCÍA.-
LA SECRETARIA,
ABG. JAHIMIR LÓPEZ.-
En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.
LA SECRETARIA,
ABG. JAHIMIR LÓPEZ.-
Expediente N° T1M-C-6793-2023.-
JDMAG/Jl