REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 04 de mayo de 2023.
Años: 211º y 162º
SOLICITANTE: CLAUDIA PIEDAD RODRIGUEZ MORENO, identificada con la cedula de identidad Nro. V-12.855.974.
ABOGADO ASISTENTE: FONT SANTOS LUIS ROBERTO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 125.944.
MOTIVO. RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMEIENTO
EXPEDIENTE: T1M-M-15.817-21 (NOMENCLATURA DE ESTE JUZGADO).
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA. (DECAIMIENTO POR PÉRDIDA DEL INTERÉS PROCESAL).
I
Se recibió distribución No. 777, de fecha 11 de agosto de 2022, contentivo de demanda de RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMEIENTO, constante de un (01) folio y sus anexos, presentado por la ciudadana CLAUDIA PIEDAD RODRIGUEZ MORENO, identificada con la cedula de identidad Nro. V-12.855.974, debidamente asistida por el abogado FONT SANTOS LUIS ROBERTO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 125.944, seguidamente este tribunal le dio entrada y curso de ley, anotándose en los libros respectivos y controlándose estadísticamente bajo la causa No. T1M-M-16.073-22, a los fines legales consiguientes.
Al respecto el Tribunal observa de las actas procesales que conforman el presente expediente que desde la fecha 11 de agosto de 2022, la parte accionante no realizó ninguna actuación. Razón por la cual este Tribunal considera que ha transcurrido el lapso para que se declare el decaimiento de la acción de conformidad con lo dispuesto por la Jurisprudencias de la Sala Constitucional mediante decisión N° 956/2001, caso: Fran Valero González y otra, la Sala expresó:
“…la pérdida del interés procesal que causa la decadencia de la acción y que se patentiza por no tener el accionante interés en que se le sentencie, surge en dos claras oportunidades procesales. Una, cuando habiéndose interpuesta la acción, sin que el juez haya admitido o negado la demanda, se deja inactivo el juicio. (OMISIS).
Este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry del Estado Aragua, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad que le confiere la Ley, DECLARA: Primero: La Pérdida del Interés Procesal de las Partes solicitantes y en Consecuencia el Decaimiento de la Presente Causa Interpuesta por la ciudadana CLAUDIA PIEDAD RODRIGUEZ MORENO, identificada con la cedula de identidad Nro. V-12.855.974. SEGUNDO: Se ordena el cierre y al archivo del presente expediente. Publíquese y regístrese. Déjese copia en el archivo del tribunal.-
JUEZ PROVISORIO,
LEONEL ZABALA
EL SECRETARIO
HIDALGO SANCHEZ.
En la misma fecha, siendo las 11:30 a.m se publicó y registró la anterior sentencia.-
EL SECRETARIO
HIDALGO SANCHEZ.
Exp. N° T1M-M-16.073-22
LZ/HS/ip
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