REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
213° y 163°
SOLICITUD: Nº8663
SENTENCIA: N°¬¬¬¬¬1 -0452023
SOLICITANTE: ELISBETH COROMOTO GARCIA SERRANO venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-17.790.738
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la solicitud presentada por la ciudadana: ELISBETH COROMOTO GARCIA SERRANO venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-17.790.738, conjuntamente con los recaudos anexos tales como: Autorización del Síndico Municipal del Estado Aragua, certificado de empadronamiento N°CC000765, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y Ejido, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: ROGER ENRIQUE TESORERO SOLORZANO yYOXYS ISMENIA MORALES TORREALBAtitulares de las cédulas de identidad Nros.V-16.732.120 y V-16.733.338, respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor la ciudadana: ELISBETH COROMOTO GARCIA SERRANO, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-17.790.738, sobre unas bienhechurías, levantadas en un Lote de terreno de propiedad municipal con una extensión de terreno que mide: CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE METROS CUADRADOS CON CUARENTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (487,41mts2) ubicado en Avenida Lisandro Hernandez casa Nº138, Sector Sanabria Méndez, parroquia Villa de Cura, Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 13,00 Mts. Con casa que es o fue de la familia Román; SUR: En 11,67Mts. Con Avenida Lisandro Hernandez su Frente; ESTE: En 43,20 Mts. Con casa que es o fue de la familia Ochoa; OESTE: En 35,20Mts.Con casa que es o fue de la familia Tesorero, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los cuatro (04) días del mes de Mayo del Dos Mil veintitrés (2023)
LA JUEZ
ABG. GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA.


LA SECRETARIA
ABG. CARLIZ MALDONADO

En la misma fecha se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de (10) folios útiles a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.

LA SECRETARIA
ABG. CARLIZ MALDONADO


SOLICITUD: Nº8663
GCGB/CM/AM.-