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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por el ciudadano JESUS ENRIQUE LINARES, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-2.521.810, debidamente asistido por el abogado ALFONSO RAMON GUTIERREZ ESCOBAR, inscrito por ante el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº67.507; contra su cónyuge, ciudadana MARISOL ROMERO ALVAREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-4.542.929, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, y dentro de las provisiones que contempla la doctrina jurisprudencial emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, signada con el N° 1070/2016 de fecha 09 de diciembre de 2016. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, en fecha 22 de Junio de 1973, según consta en acta anotada bajo el Nº320, tomo II, del año 1973, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho Registro. -
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los veintiún (21) días del mes de Noviembre del 2023. Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.-
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 10: 00 a.m.
LA SECRETARIA
EXP. Nº TMP-TMP-5029-22.-
BA/SQ/lp.-
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