REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, 23 de Noviembre del 2023¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬¬
213º y 164º

Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por la ciudadana LILIANA MARIA GOMEZ VASCA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-14.741.184; asistida por la abogada ODALIZ GONZALEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado N°60.895, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno municipal, ubicado en la CALLE PARAMACONI, CASA Nº40-A-2, SECTOR OCUMARITO, PALO NEGRO, MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA. Código Catastral N° 05-07-01-U01-002-027-038-000-000-000, con un área de terreno de CINCUENTA Y CUATRO METROS CON NOVENTA Y NUEVE DECIMETROS CUADRADOS (54,99 Mts2) y un área de construcción de CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS (42,00 Mts2); cuyos linderos son: NORTE: con parcela Nº40-A-1, lote 1; SUR: con la parcela Nº40-A-3, lote 03; ESTE: con vía de acceso; y OESTE: con la parcela Nº42; y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano LILIANA MARIA GOMEZ VASCA, antes identificada, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA


STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-7294-23.-
BAL/SQ/lp