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D I S P O S I T I V O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR DESAFECTO, presentada por la ciudadana EDGAR JOSE MARQUEZ OROPEZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-12.611.113, debidamente asistida por la abogada JOHNSON CELESTINO BUSTAMANTE, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº254.493; contra su cónyuge, ciudadano YOLEIDA DEL CARMEN LASALA CARRILLO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad NºV-12.169.277, con fundamento en el artículo 185 del Código Civil, y dentro de las provisiones que contempla la doctrina jurisprudencial emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, signada con el N° 1070/2016 de fecha 09 de diciembre de 2016. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo conyugal que contrajeron por ante el Registro Civil del Municipio Libertador del estado Aragua, en fecha: 09 de Diciembre del 1994, según consta en acta anotada bajo el Nro 70, folio Nº154, tomo 01 del año 1994, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho Registro. -
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los veintiocho (28) días del mes de Noviembre del 2023. Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.-
LA JUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 10: 00 a.m.
LA SECRETARIA
EXP. Nº TMP-TMP-5263-23.-
BA/SQ/lp.-
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