REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTE: YANETH JUDITH BARROSO DE GOUGH, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.866.938

ABOGADA ASISTENTE: SOL VIRGINIA RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 86.605

MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCION

SOLC. N°: T3M-M-15091

SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la presente solicitud presentada por la ciudadana YANETH JUDITH BARROSO DE GOUGH, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.866.938, representada por la Abogada SOL VIRGINIA RODRIGUEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 86.605, quien solicitó la Rectificación del acta de Defunción de su ESPOSO ciudadano KIT OTIS GOUGH, titular de la cedula de identidad N° 81.959.239, este despacho observa:

La mencionada acta corre inserta por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, con el numero de Acta N° 388, Folio 138, Tomo 2, de fecha 22 de Febrero de 2023, donde por error material el funcionario encargado de levantar el acta de defunción de mi esposo, incurrió en el error de asentar su estado civil como SOLTERO siendo lo correcto CASADO omitiendo asentar mi nombre YANETH JUDITH BARROSO DE GOUGH, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.866.938 como su ESPOSA.-

Para efecto probatorio la solicitante consignó los siguientes recaudos:

1. Copia certificada del acta de defunción del esposo de la solicitante, antes identificada
2. Copia certificada del acta de matrimonio de la solicitante y el causante
3. Copias fotostáticas de la cedula de identidad de la solicitante y el causante

Analizados los documentos cursantes en autos como lo son: Acta de defunción del esposo de la solicitante antes identificada, de la cual se evidencia claramente que fue asentado el estado civil de su esposo como SOLTERO siendo lo correcto CASADO, y omitió asentar el nombre de la solicitante ciudadana YANETH JUDITH BARROSO DE GOUGH, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.866.938 como su ESPOSA. En conclusión, se deduce que ciertamente como lo alegó la solicitante, en el Acta de Defunción objeto de rectificación, donde se incurrió en el error de asentar el estado civil como SOLTERO lo correcto es CASADO, y se omitió el nombre de la ciudadana YANETH JUDITH BARROSO DE GOUGH como su esposa , así expresamente se decide.

Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación del acta de Defunción del ciudadano KIT OTIS GOUGH, titular de la cedula de identidad N° 81.959.239, por cuanto donde se incurrió en el error de asentar el estado civil como SOLTERO lo correcto es CASADO, y se omitió el nombre de la ciudadana YANETH JUDITH BARROSO DE GOUGH como su esposa.-

Se ordena oficiar a los organismos respectivos, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de Defunción del ciudadano KIT OTIS GOUGH, titular de la cedula de identidad N° 81.959.239.

Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la solicitud y de la sentencia que fueren menester a los interesados y remítanse con oficio a los organismos correspondientes.

Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los (14) días del mes de Marzo de dos mil veintitrés (2023).- Año 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez,


Héctor Enrique Tabares Agnelli

La Secretaria


Janeth Pérez

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.

La Secretaria,






HETA/Jp
Exp. T3M-M-15.091