REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
SOLICITANTE: CARLOS ALBERTO ROSENDO REIMIS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.177.253
ABOGADO ASISTENTE: LEISMERI LEAL, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 127.739
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO
Exp. N°: T3M-M-15097
SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la presente solicitud presentada por el ciudadano CARLOS ALBERTO ROSENDO REIMIS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.177.253, asistido por la Abogada LEISMERI LEAL, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 127.739, quien solicitó la Rectificación de su acta de nacimiento, este despacho observa:
La mencionada acta corre inserta por ante la Prefectura del Municipio Crespo Distrito Girardot del Estado Aragua, según acta Nº 1698, del año 1966, El error denunciado consiste en que al momento de identificar el nombre de la madre del solicitante fue asentado como ANGELICA siendo lo correcto ANGELINA de igual manera donde se asentó su único apellido como REINI lo correcto es REIMIS, tal y como se puede evidenciar en la copia certificada del acta de nacimiento del solicitante.-
Para efecto probatorio la solicitante consignó los siguientes recaudos:
1. Acta de Nacimiento del solicitante, antes identificado
2. Copias fotostáticas de la cedula de identidad del solicitante y su madre.
Analizados los documentos cursantes en autos como lo son: Acta de nacimiento del solicitante antes identificado, de la cual se evidencia claramente que el nombre de su madre fue colocado como ANGELICA siendo lo correcto ANGELINA de igual manera donde se asentó su único apellido como REINI lo correcto es REIMIS.-
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Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación del acta de nacimiento del ciudadano CARLOS ALBERTO ROSENDO REIMIS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.177.253, por cuanto donde fue colocado el nombre de su madre como ANGELICA siendo lo correcto ANGELINA de igual manera donde se asentó su único apellido como REINI lo correcto es REIMIS.-
Se ordena oficiar a los organismos respectivos, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de nacimiento del ciudadano CARLOS ALBERTO ROSENDO REIMIS, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 7.177.253.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la solicitud y de la sentencia que fueren menester a los interesados y remítanse con oficio a los organismos correspondientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los (22) días del mes de Noviembre de dos mil veintitrés (2023).- Año 211° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,
Héctor Enrique Tabares Agnelli
La Secretaria
Janeth Pérez
En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.
La Secretaria,
HETA/Jp
Exp: T3M-M-15097
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