REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTE: CARMEN JOSEFINA CERMELE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.276.469

ABOGADA ASISTENTE: SOL RODRIGUEZ LOGGIODICE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 86.605

MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE MATRIMONIO

Exp. N°: 15103

SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la presente solicitud presentada por la ciudadana CARMEN JOSEFINA CERMELE GARCIA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V- 5.276.469, debidamente asistida por la abogada SOL RODRIGUEZ LOGGIODICE, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Número 86.605, quien solicitó la Rectificación de su acta de Matrimonio, este despacho observa:

La mencionada acta corre inserta por ante la Prefectura Crespo del Municipio Girardot del Estado Aragua, con el numero de Acta N° 78, Folio 0, de fecha 17 de Abril de 1952, donde por error material al momento de identificar al padre de la solicitante, el funcionario encargado de levantar el acta de matrimonio, lo identifico como FRANCISCO CERMELA TARTAGLIA siendo lo correcto FRANCESCO SAVERIO ANTONIO CERMELE TARTAGLIA y donde se asentó la ciudad de nacimiento coloco SAN ELIA PLANICI, ITALIA lo correcto SANTA ELIADE PLANISI,ITALIA

Para efecto probatorio la solicitante consignó los siguientes recaudos:

1. Original del acta de MATRIMONIO del padre de la solicitante, antes identificada
2. Acta de nacimiento del padre de la solicitante
3. Copias fotostáticas de la cedula de identidad de la solicitante y su padre

Analizados los documentos cursantes en autos como lo son: Acta de matrimonio del padre de la solicitante antes identificada, de la cual se evidencia claramente que el funcionario encargado de levantar el acta de matrimonio, lo identifico como FRANCISCO CERMELA TARTAGLIA siendo lo correcto FRANCESCO SAVERIO ANTONIO CERMELE TARTAGLIA y donde se asentó la ciudad de nacimiento coloco SAN ELIA PLANICI, ITALIA lo correcto es SANTA ELIA DE PLANISI, ITALIA. En conclusión, se deduce que ciertamente como lo alego la solicitante, en el Acta de matrimonio objeto de rectificación, donde se incurrió en el error de asentar un nombre y un lugar de nacimiento incorrecto, así expresamente se decide.

Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación del acta de matrimonio del ciudadano FRANCESCO SAVERIO ANTONIO CERMELE TARTAGLIA , titular de la cedula de identidad N° E-207.738, por cuanto donde se incurrió en el error de asentar su nombre como FRANCISCO CERMELA TARTAGLIA lo correcto es FRANCESCO SAVERIO ANTONIO CERMELE TARTAGLIA y donde se asentó la ciudad de nacimiento coloco SAN ELIA PLANICI, ITALIA y lo correcto es SANTA ELIA DE PLANISI, ITALIA.
Se ordena oficiar a los organismos respectivos, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de matrimonio del ciudadano FRANCESCO SAVERIO ANTONIO CERMELE TARTAGLIA, titular de la cedula de identidad N° E-207.738

Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la solicitud y de la sentencia que fueren menester a los interesados y remítanse con oficio a los organismos correspondientes.

Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los (27) días del mes de Noviembre de dos mil veintitrés (2023).- Año 211° de la Independencia y 163° de la Federación.
El Juez,


Héctor Enrique Tabares Agnelli

La Secretaria


Janeth Pérez

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.

La Secretaria,








HETA/Jp
Sol: T3M-M-15103