REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR
DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, 17 de noviembre del 2023.-
213° y 164°
ASIENTO NRO. 12.-
SOLICITUD NRO. T1M-C-7878-2023
SOLICITANTE: Ciudadano, JONATHAN ELÍAS DÍAZ MUÑOZ
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO.
Vista la solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICO UNIVERSAL HEREDERO, presentada por el ciudadano, JONATHAN ELÍAS DÍAZ MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.066.651, asistido por el abogado, KELVIS ENRIQUE CASTILLO ARTEAGA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro. 311.210, donde solicita que sea declarado como “ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO” de la de-cujus, KELLY MARGARET REQUENA PAREDES, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.037.591, quien falleció ab-intestato, el día 02 de febrero del año 2023, quien era su esposa, según consta Acta de Matrimonio expedida por ante el Registro Civil del Municipio José Ángel Lamas, bajo el Nro. 025, tomo I, folio 025 fte y vto, de fecha 14 de mayo del año 2011. El Tribunal una vez verificado los recaudos y analizadas las actuaciones que fueron acompañadas en la solicitud en referencia promovidas por el mencionado ciudadano y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los DERECHOS DE TERCEROS, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Único y Universal Heredero, y en consecuencia, declara conforme a derecho, al ciudadano, JONATHAN ELÍAS DÍAZ MUÑOZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-13.066.651, como “ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO”, de la de-cujus, KELLY MARGARET REQUENA PAREDES, quien era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.037.591, quien falleció ab-intestato, el día 02 de febrero del año 2023, según consta Acta de Defunción expedida por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, bajo el Nro. 258, Tomo II, del año 2023. Y así se decide. Devuélvanse las actuaciones a la parte solicitante.
Publíquese, regístrese y déjese copia. - Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del estado Aragua. En Cagua, a los diecisiete (17) días del mes de noviembre del año dos mil veintitrés (2.023). Años 213° de la Independencia y 164° de la Federación.-
LA JUEZ PROVISORIO,
ABG. JOHANA DEL MAR AYAREZ GARCÍA.
LA SECRETARIA,
ABG. JAHIMIR LÓPEZ
En la misma fecha siendo 11:30 am, se publicó, y registró la anterior sentencia, en la página web del Tribunal Supremo de Justicia región Aragua, http://www.tsj.gob.ve
LA SECRETARIA,
ABG. JAHIMIR LÓPEZ
Solicitud. Nº T1M-C-7878-2023.
JDMAG.-
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