REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÈ FÈLIX RIBAS, JOSÈ RAFAEL REVENGA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÒN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
213° y164°

13 de Noviembre 2023

SOLICITUD: 6682-23
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS
SOLICITANTE: MARIA INES ACOSTA DE LINARES venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-6.043.816.
ABOGADOS ASISTENTES: DANIELA ANDREA BEJARANO PEREZ Y JOSE AVEREL RODRIGUEZ LOPEZ, I.P.S.A. NROS 244.123 Y 175.365

En relación a la solicitud de fecha 02 de Agosto de 2023, presentada por la ciudadana: MARIA INES ACOSTA DE LINARES, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad V-6.043.816, asistida por los abogados DANIELA ANDREA BEJARANO PEREZ Y JOSE AVEREL RODRIGUEZ LOPEZ I.P.S.A. NROS 244.123 Y 175.365. para su distribución ante el Tribunal Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua por el ciudadano la cual fue asignada a este Tribunal y previa a la consignación de los documentos fundamentales a la solicitud, dictado se admitió por auto dictado en fecha 07 de Agosto del presente año, donde se solicita sean declarados como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del De cujus CARLOS MANUEL LINARES BRICEÑO, titular de identidad V-3.820.403, quien falleció ab-intestato, el día 12 Octubre del 2022. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron las acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo tribunal dejando a salvo los derechos de terceros ,en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia declara a su esposa e hijos los ciudadanos MARIA INES ACOSTA DE LINARES, DAN CARLOS JUNIOR LINARES ACOSTA, DARWINSON MANUEL LINARES ACOSTA, DESIREE CAROLINA LINARES ACOSTA, DOUGLAS ALEXANDER LINARES ACOSTA Y DAYANIRA INES LINARES ACOSTA, venezolanos , mayores de edad titulares de las cédulas de identidad V- 6.043.816, V-13.621.075, V-14.389.438, V-16.011.456, 16.011.453 Y 27.402.059 respectivamente, según se evidencia en la Actas consignadas ,se declaran como UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante CARLOS MANUEL LINARES BRICEÑO, titular de identidad V-3.820.403, quien falleció ab-intestato, el día 12 Octubre del 2022, según consta en el acta N° 119, Folio N° 119, Tomo I, de los libros de defunciones llevados por ante el Registro Civil y Electoral de la Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto, para el archivo en éste Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.


Publíquese, regístrese y déjese copia
Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de éste Tribunal Primero de los Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios José Félix Ribas y José Rafael Revenga de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en La Victoria trece de Noviembre de Dos Mil Veintitrés (2023). Años 213º de la Independencia y 164º Federación. -
LA JUEZ SUPLENTE

ABG.LIZLLANA CERGELIS RIVAS LEON
EL SECRETARIO
ABG.ESTEBAN ZIEMS


En la misma fecha siendo las 10:30 pm. Se publicó y se registró, se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.-



EL SECRETARIO
ABG.ESTEBAN ZIEMS


U.U.H
LCRL/EZ/cobos.
6682-23