DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, expedida por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 20 de agosto de 1964, anotada bajo el N° 1059, tomo 02-A, año 1964, de los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por dicho Registro, presentada por el ciudadano presentado por el ciudadano JOSE ANTONIO RODRIGUEZ MORILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-7.239.644, debidamente asistido en este acto por la abogada INDIRA OROPEZA, inscrita en el Inpreabogado bajo el N°142.897, previamente determinada así: PRIMERO: por error involuntario asentaron el nombre de su padre como “ERASMO RODRIGUEZ”, siendo lo correcto “ERASMO RODRIGUEZ MONTELONGO”. SEGUNDO: que por error involuntario asentaron la nacionalidad de su padre como como “VENEZOLANO”, siendo lo correcto “ESPAÑOL”. Así se decide. En consecuencia, estámpese la respectiva nota marginal de la presente decisión en el acta expedida por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, en fecha 20 de agosto de 1964, anotada bajo el N° 1059, tomo 02-A, año 1964, de los libros de Registro Civil de Nacimientos llevados por dicho Registro.- Líbrense oficios.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA

LA SECRETARIA

STEPHANY ANDREINA QUERO
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo anuncio de Ley, siendo la 01:00 p.m.
LA SECRETARIA
EXP. Nº TMP-5265-22.-
BA/sq.-