TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria, Tres (03) de octubre del Dos Mil Veintitrés (2023)
213° y 164°

SOLICITUD: T2M-V-813-23
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: ROSA ELENA RIVAS CASTILLO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-8.689.142
ABOGADO ASISTENTE DEL SOLICITANTE: JUNIMAY VANESSA GONZALEZ AZUAJE Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 136.805

Vista la anterior solicitud presentada por la ciudadana: ROSA ELENA RIVAS CASTILLO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-8.689.142, vistas las declaraciones rendidas por los testigos ciudadanos MAYTTE COROMOTO PALACIOS PEREZ venezolana, mayor edad, titular de la Cédula de Identidad Número Nº V-12.002.158, domiciliada Avenida intercomunal La Mora , Urbanización Villa Adriel Nº 2 al lado del terminal de pasajeros, La Victoria Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua y JULIO CESAR CONTRERAS venezolano, mayor edad, titular de la Cédula de Identidad Número Nº V- V-4.400.372, domiciliado Avenida Victoria, Edificio Merschary, piso 1, Apartamento 1-B La Victoria Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua respectivamente. Éste Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, declara TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor a la ciudadana: ROSA ELENA RIVAS CASTILLO venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº. V-8.689.142, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno, SECTOR EL TIGRE PARTE BAJA, VIA COLONIA TOVAR, Nº DE CASA 10-02, LA VICTORIA MUNICIPIO JOSÉ FELIX RIBAS DEL ESTADO ARAGUA, cuyo número catastral es 05-02-01-00-00-00-868-91-42, las cuales están enclavadas en un área de terreno de SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMETROS (72,54 Mts²), con un área de construcción de SETENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y CUATRO CENTIMETROS (72,54 Mts²), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En once metros con setenta centímetros (11,70 mts), con carretera vía Colonia Tovar. SUR: En once metros con setenta centímetros (11,70 mts), con Familia Rodríguez. ESTE: En seis metros con veinte centímetros (6,20 mts), con Familia Rodríguez y OESTE: En seis metros con veinte centímetros (6,20 mts) con familia Briceño. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. CÚMPLASE.
LA JUEZ

Abg.: ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.
EL SECRETARIO


Abg.: EDWARD HERNÁNDEZ


En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado, se devuelven los originales al interesado quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.

EL SECRETARIO


Abg.: EDWARD HERNÁNDEZ
RDRM/EH/AM
Solicitud T2M-V-Nº 813-23
TITULO SUPLETORIO.