REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL
Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. MATURIN, VEINTE (20) DE SEPTIEMBRE DEL AÑO DOS MIL VEINTITRES.-
213° y 164º
Vista la anterior diligencia suscrita por el abogado RONALD ANTONIO CASTILLO BLANCO, debidamente inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 60.099 y de este domicilio, actuando con el carácter de apoderado judicial de la parte demandante, mediante la cual solicita se decrete la Confesión Ficta de la parte demandada Sociedad Mercantil Bucares'Grill & Market, C.A representada por la Ciudadana DAYSELYS DEL VALLE CARDIEL SALAZAR, identificada en autos. Este Tribunal luego de una revisión minuciosa de las actas procesales que cursan en la presente causa pudo observar que está transcurriendo el lapso de promoción de pruebas legal, por esa razón de conformidad a lo establecido en el artículo 362 , es por lo que se Niega dicha solicitud. Y así se decide.-
MARY ROSA VIVENES
JUEZA
MILAGRO MARIN
SECRETARIA
EXP. JUZ-1-PRI-INST.N° 34.916
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