ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2024-000161

PARTE ACTORA: LESLIE DEL CARMEN PEREZ, venezolana, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-10.118.299.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: NASCAR AUTOPARTS C.A. y solidariamente RICARDO SANCHEZ, JOSE MANUEL QUINTAS PAZOS y ANDREINA SANCHEZ ROMERO..
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA: MIRTHA COROMOTO ESCALONA MARIN abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 97.847.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día de hoy, cinco (05) de abril de 2024, siendo las 10:00 a.m., oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, compareció a la misma el abogado YOBANNY KAFROUNI MIKARE abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 44.015, en su carácter de apoderada judicial de las parte demandadas, consignando en este acto copia simple de los poderes, así como los originales de los mismos ad effectum videndi, devolviéndose con posterioridad dichos originales de los poderes que acredita su representación de la Sociedad Mercantil NASCAR AUTOPARTS C.A. y del ciudadano RICARDO SANCHEZ demandado en forma solidaria. Se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadana LESLIE DEL CARMEN PEREZ, venezolana, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-10.118.299, no compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno a la celebración de la Audiencia Preliminar; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 214 ° y 165°.


EL JUEZ

ABG. GABRIEL RINCONES



APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA



EL SECRETARIO

ABG. LUIS SEIJAS