REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

Maracay, dieciocho (18) de abril de 2024
213º y 165º

ASUNTO: DP11-L-2023-000236

PARTE ACTORA: Ciudadano RAUL VICENTE PEREZ BARRIOS, Titular de la cedula de Identidad Nro. V-7.259.173.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: Abogados YUNIS RAMIREZ y MARCOS GOMEZ, inscritos en los Inpreabogado bajo los Nros.314.342 y 32.036, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: Entidad de Trabajo TASCA RESTAURANT POLLO EN BRASA LA MINA DE MARACAY II C.A.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: YELAIDA GONZALEZ y PEDRO ROCCA, inscritos en los Inpreabogado bajo los Nros.99.658 y 78.674, respectivamente.

MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, SALARIOS CAIDOS Y OTROS BENEFICIOS LABORALES.
Ingresado como se encuentra el presente expediente procedente del Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Aragua, sede Maracay y, estando dentro del lapso establecido para admitir las pruebas en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal expone lo siguiente:
PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA
CAPITULO I
PRUEBAS DOCUMENTALES

Vistas las documentales consignadas por la parte actora en la presente causa, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 77 y 78 de la Ley Adjetiva Laboral, las admite por cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, las que se señalan a continuación:
1.- Promueve copia de solicitud de reenganche y pago de salarios caídos, constante de un (01) folio útil, inserto al folio (13) del expediente.

2.- Promueve copia de acta de ejecución, de fecha 30 de noviembre del año 2022, emitida por la Inspectoría del Trabajo, con sede en Maracay , constante de dos (02) folios útiles, inserto a los folios (16) y (17), de la pieza 1 de 1 del expediente.

3.- Promueve copia de escrito de promoción de pruebas de fecha 05 de diciembre de 2022, emitida por la Inspectoría del Trabajo, con sede en Maracay, constante de un (01) folio útil, inserto al folio 56 de la pieza 1 de 1 del expediente.

4.- Promueve copia de escrito de promoción de pruebas presentado por la demandada en sede administrativa en fecha 05 de diciembre de 2022, constante de tres (03) folios útiles, inserto a los folios 57, 58 y 59 de la pieza 1 de 1 del expediente.

5.- Promueve copia de auto de fecha 05 de diciembre de 2022, emitido por la Inspectoría del Trabajo, con sede en Maracay constante de un (01) folio útil, inserto al folio 85 de la pieza 1 de 1 del expediente.

6.- Promueve copia de auto de fecha 05 de diciembre de 2022, emitido por la Inspectoría del Trabajo, con sede en Maracay constante de un (01) folio útil, inserto al folio 86 de la pieza 1 de 1 del expediente.

7.- Promueve copia de escrito de impugnación constante de un (01) folio útil, inserto al folio 91 y su vuelto de la pieza 1 de 1 del expediente.

8.- Promueve copia de providencia administrativa de fecha 03 de mayo de 2023, emitida por la Inspectoría del Trabajo, con sede en Maracay constante de tres (03) folios útiles, inserto a los folios (102) al (105) y sus vueltos de la pieza 1 de 1 del expediente.

9.- Promueve copia de acta de ejecución de fecha 21 de junio de 2023, emitida por la Inspectoría del Trabajo, con sede en Maracay constante de dos (02) folios útiles, inserto a los folios 107 y 108 de la pieza 1 de 1 del expediente.

10.- Promueve copia de acta de ejecución forzosa de fecha 18 de julio emitida por la Inspectoría del Trabajo, con sede en Maracay constante de dos (02) folios útiles, inserto a los folios 116 y 117 de la pieza 1 de 1 del expediente.

11.- Promueve copia de auto de fecha 19 de julio de 2023, emitida por la Inspectoría del Trabajo, con sede en Maracay constante de dos (02) folios útiles, inserto a los folios 128 y 129 del expediente.

12.- Marcado “D” promueve escrito presentado por ante la Inspectoría del Trabajo, con sede en Maracay constante de dos (02) folios útiles, inserto a los folios 132 y 133 de la pieza 1 de 1 del expediente.

13.- Marcado “F” promueve Original de acta de fecha 28 de septiembre de 2023, emitida por la Inspectoría del Trabajo, con sede en Maracay constante de un (01) folio útil, inserto al folio (136) de la pieza 1 de 1 del expediente.


PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA
PUNTO PREVIO
PUNTO PREVIO PRINCIPIO DE LA DISTRIBUCION DE LA CARGA DE LA PRUEBA, PRINCIPIO DE LA COMUNIDAD DE LA PRUEBA

En relación a al principio de la distribución de la caga de la prueba; no es un medio de prueba consagrado en nuestra Legislaron Venezolana; razón por la cual este Tribunal se abstiene de emitir pronunciamiento sobre su admisión. Así se establece.
En relación a al principio de la comunidad de la prueba; no es un medio de prueba consagrado en nuestra Legislaron Venezolana; razón por la cual este Tribunal se abstiene de emitir pronunciamiento sobre su admisión. Así se establece.

CAPITULO I
PRUEBAS INSTRUMENTALES
Vistas las documentales consignadas por la parte demandada en la presente causa, el Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 77 y 78 de la Ley Adjetiva Laboral, las admite por cuanto ha lugar en derecho salvo su apreciación en la definitiva, las que se señalan a continuación.
1.- Marcado “A”, promueve Poder Notariado y Sustitución de poder, constante de nueve (09) folios útiles, inserto desde el folio (143) al folio (151) de la pieza 1 de 1.

2.- Marcado “F”, promueve original de ficha de ingreso, constante de un (01) folio útil, inserto al folio (02) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

3.- Marcado “G”, promueve original de acta de entrega de dotación de uniformes, constante de un (01) folio útil, inserto al folio (03) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

3.- Marcado “H”, promueve Original del Primer contrato de trabajo a tiempo determinado, constante de tres (03) folios útiles, inserto a los folios (04) al (06) y sus vueltos de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

4.- Marcado “I”, promueve Original del Segundo contrato de trabajo a tiempo determinado, constante de tres (03) folios útiles, inserto a los folios (07) al (09) y sus vueltos de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

5.- Marcado “J-1”, promueve Original Planilla de participación de retiro, emanada del Instituto Venezolano de los Seguros Sociales, constante de un (01) folio útil, inserto al folio (10) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

6.- Marcado “J-2”, promueve Original de renuncia voluntaria del trabajador, de fecha 09 de noviembre de 2022, constante de un (01) folio útil, inserto al folio (11) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

7.- Marcados desde la “K-1” hasta la “K-48, promueve Originales de recibos de pago emitidos por la entidad de trabajo tasca restaurant pollo en brasa la mina de Maracay, c.a, constante de (48) folios útiles, inserto a los folios (12) al (59) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

8.- Marcados “L1”, “L2”, “L3”, “L4”, “L5”, “L6”, “L7”, “L8”, “L9”, “L10”, “L11”, promueve escrito de aceptación emanado del Laboratorio de Criminalística y anexos constante de once (11) folios útiles, inserto desde el folio (66) al (76) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

9.-Marcadas desde la “M-1”, “M-2” “M-3” “M-4” “M-5” “M-6” “M-7” “M-8” “M-9” “M10-” “M-11” “M-12” “M-13” “M-14” “M-15” “M-16” “M17” “M-18” “M-19” “M-20” “M-21” y “M-22”, promueve copias de referencias bancarias de un pago por bono de producción emitidas de la entidad bancaria Banco Nacional de Crédito constante de veintidós (22) folios útiles, insertos a los folios (152) al (173) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.
10.-Marcado “N” promueve copias certificadas de expediente contentivo de oferta real de pago expedido del Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del estado Aragua, constante de noventa y uno (91) folios útiles, insertos desde el folio (60) al folio (151) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

11.-Marcado “Ñ1”, promueve en Original solicitud de reenganche, inserto al folio ciento setenta y cuatro (174) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

12. Marcado “Ñ2” y “Ñ3” promueve copia de acta de ejecución, emanada de la Inspectoría del trabajo con sede Maracay inserto a los folios ciento setenta y cinco (175) y ciento setenta y seis (176) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

13. Marcado “Ñ4”, promueve cartel de notificación, emanado de la Inspectoría del Trabajo con sede Maracay inserto al folio ciento setenta y siete (177) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.


12.- Marcada “O” promueve copia de providencia administrativa de fecha 03 de mayo de 2023, emitida por la Inspectoría del Trabajo, con sede en Maracay constante de tres (03) folios útiles, inserto desde el folio (178) al folio (180) y sus vueltos del expediente.

13.-Marcada “P” promueve copias certificadas expedidas del Tribunal Cuarto de Primera Instancia de Juicio del Trabajo del estado Aragua, constante de diecisiete (17) folios útiles, insertos a los folios (181) al (197) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

14.- Marcado “Q” promueve original de escrito de Acato Voluntario de Reenganche constante de tres (03) folios útiles, insertos a los folios (198) al (200) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.
15.- Marcado “R” promueve copia de la lista de asistencia constante de dos (02) folios útiles, insertos a los folios (201) y (202) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

16.- Marcado “S-1” y “S-2” promueve Nomina de los Trabajadores constante de ochenta y nueve (89) folios útiles, insertos desde el folio (203) hasta el folio (291) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

17.- Sin marcar promueve original de planilla de cálculos de liquidación por terminación de la relación de trabajo constante de un (01) folio útil, inserto al folio (292) de la pieza marcada anexos de pruebas de la parte demandada.

CAPITULO II
EXHIBICION DE DOCUMENTALES

La parte demandada, en su escrito de pruebas, promueve la exhibición de los recibos de pago los cuales fueron entregados a sus abogados., dicha exhibición se solicita al demandante Raúl Pérez, este Tribunal niega su admisión toda vez que la misma no llena los extremos previstos en el artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, que prevee:
“La parte que debe servirse de un documento, que según su manifestación se halle en poder de su adversario, podrá pedir su exhibición. A la solicitud de exhibición deberá acompañar una copia del documento o, en su defecto, la afirmación de los datos que conozca el solicitante acerca del contenido del documento y, en ambos casos, un medio de prueba que constituya, por lo menos, presunción grave de que el instrumento se halla o se ha hallado en poder de su adversario. (…)” (Destacado del Tribunal).


CAPITULO IV
TESTIMONIALES

En lo que corresponde a las testimoniales promovidas, las mismas se admiten salvo su valoración en la definitiva, debiendo comparecer en la oportunidad de la audiencia de juicio a rendir sus declaraciones en calidad de testigos, teniendo la parte promovente la carga de presentarlos, sin notificación alguna, a fin de que declaren oralmente ante este Juzgado con relación a los hechos debatidos en el proceso, respondiendo al interrogatorio que les formularán las partes, así como el que les formule la ciudadana Juez del Tribunal, conforme lo establece el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, a los siguientes ciudadanos: MARCO ANTONIO DURAN LABRADOR, titular de la cedula de identidad Nº V-10.713.254 y YOSMARLYS NOELI ARAUJO RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-.24.344.897.

CAPITULO IV
DOCUMENTOS EMANADOS DE UN TERCERO

En relación a la prueba de ratificación promovida, se admite por cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación que se haga en la definitiva, teniendo la parte promovente la carga de presentarlo, sin notificación alguna y en consecuencia se ordena la comparecencia en la oportunidad de la Audiencia de Juicio, del ciudadano GERMAN ARTURO VIVAS, titular de la cédula de identidad Nro. 5.268.349, a fin de que ratifique el contenido y firma de las documentales promovidas en el capítulo I Marcados anexos “L1”, “L2”, “L3” y “L4”, conforme lo establece el artículo 79 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
CAPITULO V
DE LA PRUEBA DE INFORMES
_Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario (Sudeban). Avenida Francisco de Miranda, Urbanización La Carlota, Edificio SUDEBAN, Municipio Sucre del estado Miranda, a los fines de que se sirva autorizar a:
BANCO NACIONAL DE CREDITO, a fin de que informe a este Tribunal sobre el siguiente particular:

a) Si en esa entidad bancaria se llevó a cabo un pago en el Nº de cuenta 0191-0082-1621-8205-2691, por la cantidad de (1.515,84 Bs.) a favor del ciudadano RAUL VICENTE PEREZ BARRIOS, titular de la cédula de identidad Nº V- 7.259.173.

Con relación a la prueba de informe solicitada al Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de este Circuito Judicial Laboral, a los fines de informar si se llevó a cabo Oferta Real de Pago, este Tribunal niega su admisión por cuanto ya se encuentra inserta a los autos en copias certificadas y la misma ya fue admitida ut supra en el capítulo de las documentales. Así se establece.

Y por cuanto el domicilio de la Superintendencia de las Instituciones Del Sector Bancario (Sudeban), se encuentra fuera del perímetro de esta ciudad se acuerda exhortar a los Juzgados de Juicio del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de la evacuación de la prueba de informes promovida. Líbrese Oficio

LA JUEZ

YAJAIRA SANCHEZ
LA SECRETARIA

ROSA MENDEZ