REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo negro, 09 de abril de 2024
Años 213° y 164°

EXPEDIENTE N°. TMP -:__________
PARTES SOLICITANTES: ANGELA LISBETH BARRIOS ELORZA y VALERIO RAMON MOGOLLON GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 16.864.645 y V-11.093.583 respectivamente.-
ABOGADA ASISTENTE: VIVIAN ZULAY CACIQUE ARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº22.032.-
MOTIVO: DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO
SENTENCIA INTERLOCUTORIA
En fecha 21 de Noviembre de 2023, fue recibida SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO ACUERDO, presentada por los ciudadanos ANGELA LISBETH BARRIOS ELORZA y VALERIO RAMON MOGOLLON GUTIERREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nº V- 16.864.645 y V-11.093.583, asistidos por la profesional del derecho VIVIAN ZULAY CACIQUE ARIAS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº22.032, y tras una revisión detallada del escrito libelar esta Juzgadora observa, que existe una discrepancia entre el nombre de la solicitante ANGELA LISBETH BARRIOS ELORZA, quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.864.645, en el acta de matrimonio oportunamente presentada y el nombre de la solicitante que se encuentra establecido en la cédula de identidad, en consecuencia, este Tribunal INSTA a las partes a subsanar el escrito libelar, a los fines de su admisión y Pronunciamiento de Ley. Así se declara.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil. Cúmplase.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro a los (09) días del mes de abril del (2024) Años 213° de la Independencia y 163° de la Federación.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA

STEPHANY QUERO
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 09: 00 a.m.
LA SECRETARIA

STEPHANY QUERO

Anexo: lo indicado
EXP. Nº tmp-5284-24.-
BA/SQ/ag.-