REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Palo Negro, 09 de Abril de 2024
213º y 164º
Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada la ciudadana YAJAIRA GUADALUPE CENDRON, venezolana, mayor de edad y titular de la cedula de identidad Nº V-7.270.061; asistida por el abogado YONNI JOSE SANTAN ARVELO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado N° 287.495, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno propiedad del Instituto Nacional de Tierras Urbanas (INTU), ubicado en la CALLE BOLIVAR, CASA Nº 58, BARRIO BELLO MONTE, SAN MARTIN DE PORRES, MUNICIPIO LIBERTADOR DEL ESTADO ARAGUA. Código Catastral N° 05-07-02-U01-048-000-000-000-000-000, con un área de terreno de CIENTO DIECISIETE METROS CON TREINTA Y CINCO DECIMETROS CUADRADOS (117,35 Mts2) y un área de construcción de DOSCIENTOS QUINCE METROS CON TREINTA Y SIETE DECIMETROS CUADRADOS (215,37 Mts2); cuyos linderos son: NORTE: con la parcela Nº 55 de la calle Andrés Bello; SUR: con la calle Bolívar, su frente; ESTE: con la parcela Nº 56; y OESTE: con la parcela Nº 60; y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor del ciudadano EDUARDO JESUS CHUELLO CONTRERAS, antes identificado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.
LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP-7410-24
BAL/SQ/lp
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