REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY
DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 8 de abril de 2024
Años: 213° y 165°
SOLICITANTE: MOISES NICOLAS BAROVICH DESTRO, identificado con la cedula de identidad N° V-13.626.915.
ABOGADA ASISTENTE: PIERINA FERRETTI, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 280.776.
MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓN
EXPEDIENTENº T4M-M-2660-2023
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA.
I
Se dio inicio al presente procedimiento en fecha 30 de noviembre de 2022, por ante el tribunal en funciones de distribuidor, con motivo de la solicitud por Rectificación de Acta de Defunción, presentada por el ciudadano MOISES NICOLAS BAROVICH DESTRO, identificado con la cédula de identidad N° V-13.626.915, asistido por la abogada PIERINA FERRETTI, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 280.776, la cual, previo sorteo, le correspondió conocer a este tribunal, siendo admitida en fecha 24 de febrero de 2023, anotándose en el libro respectivo bajo el N° T4M-M-2660-2023, librándose cartel de emplazamiento dirigido a todas aquellas personas que puedan tener interés directo en dicha solicitud, junto con boleta de notificación a la Fiscal Decimosegunda (12°) del Ministerio Público con Competencia en Protección de Niños, niñas y Adolescentes, Civil e Instituciones Familiares de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, de conformidad con lo establecido en el Artículo 131 del Código de Procedimiento Civil.
ÚNICO
De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que la parte solicitante no ha comparecido ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, a fin de impulsar el proceso; y ha transcurrido un lapso mayor de un (1) año desde la última actuación la cual fue realizada por este tribunalen fecha 24 de febrero de 2023.
Así las cosas, el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece que toda causa se extingue por el transcurso de un año sin que se haya ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes, de allí que se han producido los efectos previstos en el mencionado artículo que por interpretación analógica es aplicable al caso que nos ocupa, por lo que tal circunstancia provoca la perención de la instancia, la cual deberá decretarse en el dispositivo del presente fallo. Y ASÍ SE DECLARA.
DISPOSITIVA
Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PERIMIDA LA INSTANCIA, en la presente solicitud que por RECTIFICACION DE ACTA DE DEFUNCIÓNpresentarael ciudadanoMOISES NICOLAS BAROVICH DESTRO, identificado con la cedula de identidad N° V-13.626.915,de conformidad con lo establecido en el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil. Se ordena la notificación de la presente decisión mediante listado, que será publicado en la cartelera de este Tribunal, conforme a lo establecido en el artículo 174 y último aparte del artículo 233 del Código de Procedimiento Civil; una vez transcurrido el lapso establecido en el artículo 233 ut- supra indicado, se ordenara el archivo del expediente.
Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo del expediente una vez quede firme la presente decisión.
Publíquese y Regístrese, déjese copia de la presente decisión, conforme a lo previsto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y Firmada en la Sala de Despacho del Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del estado Aragua, en Maracay, 8 de abril de2024. Años 213° de la Independencia y 165° de la Federación.
LA JUEZA;
ISABEL CRISTINA MOLINA
LA SECRETARIA
ANGELICA FERNANDEZ.
En esta misma fecha, siendo las (10:30 a.m.), se publicó y registró la anterior Sentencia; así como en la página web del Tribunal Supremo de Justicia región Aragua, www.tsj.gob.ve
LA SECRETARIA
ANGELICA FERNANDEZ.
Exp. Nº T4M-M-2660-2023
ICM/AF/AU.-
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