REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024)
Año 214º y 165°

ASUNTO: AP21-L-2024-000574

PARTE ACTORA: ERICK JOSÉ ACOSTA VOLCÁN, mayor de edad, titular de la cedula de identidad C.I. V 18.756.273.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: CARLOS ALBERTO MORANTES y ABRAHAM ALEJANDRO MORANTES, abogados en ejercicio, IPSA Nros. 44.016 y 303.138, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: INSTITUTO ESCUELA S.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ALEXIS ANTONIO FEBRES CHACOA, JOSE ANTONIO FEBRES MALDONADO y DANIEL BUVAT DE VIRGINI DE LA ROSA, abogados en ejercicio, IPSA Nros. 17.069, 186.875 y 34.421, respectivamente.
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES

En el día hábil de hoy, lunes dieciséis (16) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024), siendo las 10:30 a.m., oportunidad fijada para que tenga lugar la celebración de la prolongación de la audiencia preliminar, comparece por ante este Despacho, el apoderado judicial de la parte demandada abogado ALEXIS ANTONIO FEBRES CHACOA, IPSA Nro. 17.069, asimismo, se deja constancia que la parte actora NO compareció ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. En este estado, visto que el demandante no compareció a la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Trigésimo Cuarto (34°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años: 214º y 165°. Es todo, se leyó y conformes firman:

La Juez
Abg.

Apoderado Judicial de la parte demandada

El Secretario
Abg.