REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS, JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA


La Victoria, Tres (03) de Diciembre de Dos Mil Veinticuatro (2024)

213° y 165°


SOLICITUD: T2M-V-909-24

MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO

SOLICITANTES: HERRADA MERCEDES GUILLERMINA y OTROS, venezolana, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nro V-4.401.185.-


ABOGADO ASISTENTE: MARIA DUARTE, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516

Cumplidos todos los requisitos de Ley y admitida como fue la presente solicitud de DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, interpuesta por la ciudadana HERRADA MERCEDES GUILLERMINA, actuando en nombre propio y en representación de sus hermanos HERRADA GLADYS MARGARITA, HERRADA BEATRIZ COROMOTO, HERRADA VICENTE EDUARDO, HERRADA MARTIN ANTONIO, HERRADA FREDDY JOSE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros V-4.401.185, 8.577.711, 8.586.682, 8.584.884, 2.027.977, 3.377.196 respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada MARIA DUARTE, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 212.516, solicitando se le declare como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de la fallecida NELIDA MARIA HERRADA, quien fuera venezolana, mayor de edad, Divorciada, titular de la Cédula de Identidad Nº V-3.161.855, fallecido Ab- intestato, el día 15 de Diciembre del año 2021, en el Hospital Central de Maracay Municipio Girardot del Estado Aragua, como se evidencia de Certificación del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil y Electoral Girardot Parroquia Andrés Eloy Blanco del Estado Aragua, Acta Nro.6456: Folio: 206, Tomo: 26, Año 2021. Ésta Sentenciadora una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por los solicitantes y evacuada por ante éste mismo Tribunal, dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA conforme al artículo 937 del Código de Procedimiento Civil Venezolano, CON LUGAR la Solicitud de Únicos y Universales Herederos, de la fallecida NELIDA MARIA HERRADA, plenamente identificada, a los ciudadanos HERRADA MERCEDES GUILLERMINA, HERRADA GLADYS MARGARITA, HERRADA BEATRIZ COROMOTO, HERRADA VICENTE EDUARDO, HERRADA MARTIN ANTONIO, HERRADA FREDDY JOSE, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad Nros V-4.401.185, 8.577.711, 8.586.682, 8.584.884, 2.027.977, 3.377.196, respectivamente, en condición de hermanos de la De Cujus, como consta en copia simple de las actas de nacimiento Nros. 192, Año: 1955 expedida por el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta: Nº 10, Año: 1952, Acta: Nº 1224 Año: 1965 expedida por el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta: 638, Año: 1960, expedida por el Registro Civil del Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, Acta: 55, Año: 1944, expedida por el Registro Civil del Municipio José Rafael Revenga del Estado Aragua, Acta: 129, Año: 1948, expedida por el Registro Civil del Municipio José Rafael Revenga El Consejo del Estado Aragua. Y ASÍ SE DECIDE. Expídanse copias certificadas de toda la solicitud, para el archivo en este Tribunal y las que soliciten los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.

Publíquese, regístrese y déjese copia

Dada, firmada y sellada en la sala de Despacho de este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, en La Victoria a los Tres (03) días del mes Diciembre de Dos Mil Veinticuatro (2024). Años 213º de la Independencia y 165º de la Federación. -
LA JUEZA

ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ

En la misma fecha siendo las 11:30 a.m. Se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión, previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal.

EL SECRETARIO

ABG. EDWARD HERNÁNDEZ
RDRM/EH/yl
SOL. Nº T2M-V-909-24