REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
LA VICTORIA, DOS (02) DE DICIEMBRE DE DOS MIL VEINTICUATRO (2024)
213° y 165°
SOLICITUD: T2M-V-914-24
MOTIVO: TITULO SUPLETORIO
SOLICITANTE: YANNY ROMELIA DAVILA FLORES, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, SOLTERA, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD NRO V-13.240.407
ABOGADO ASISTENTE: BIANCA FABIANA PÈREZ TRUJILLO, INPREABOGADO N° 307.164.
Vista la anterior solicitud de Titulo Supletorio presentada por la ciudadana YANNY ROMELIA DAVILA FLORES, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-13.240.407, debidamente asistida por la Abogado BIANCA FABIANA PÈREZ TRUJILLO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 307.164, presentados los testigos, ciudadanas DEICI MARIBEL FERMIN CARDONA y OMAIRA ELENA CEGARRA BONILLA, venezolanas, mayores edad, solteras, titulares de las Cédula de Identidad Nros V-12.480.411 y V-11.557.700, domiciliadas en la Calle Sucre, Bello Monte 1, casa Nro. 179, y Calle Ribas Casa Nº 18, Zuata Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua, respectivamente, y debidamente juramentadas rindieron declaraciones en los particulares contenidos en la presente solicitud, en consecuencia evacuadas como ha sido las testimoniales este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS JOSÉ FÉLIX RIBAS Y JOSÉ RAFAEL REVENGA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, DECLARA: ÚNICO: SIN perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, TITULO SUPLETORIO, suficientemente a favor de la ciudadana YANNY ROMELIA DAVILA FLORES, venezolano, mayor de edad, soltera, titular de la cédula de identidad Nº V-13.240.407, sobre unas bienhechurías construidas en un terreno propiedad Municipal que mide ciento ochenta y cinco metros cuadrados con treinta y cinco centímetros cuadrados (185,35 Mts2), ubicado en la Calle La Iglesia, Casa Nro 22 Sector Pedregal, Parroquia Zuata, Municipio José Félix Ribas Estado Aragua, cuyo número catastral es 05-02-02-00-00-01-3240407, con un área de Construcción de ciento treinta y cinco metros cuadrados con treinta y cinco centímetros cuadrados (135,35 mt2), comprendido dentro de los siguientes linderos y medidas: NORTE: En diez metros con cero centímetros (10,00 Mts) con Calle La Iglesia: SUR: En diez metros con cero centímetros (10,00 Mts) con casa de la familia Tovar; ESTE: En diecinueve metros con veinticuatro centímetros (19,20 Mts) con casa Nº 24 y OESTE: En diecinueve metros con veinticuatro centímetros (19,24 Mts) con casa nro. 01 de la Calle Francisco P. Todo de conformidad con lo establecido en el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. ASÍ SE DECIDE. CÚMPLASE.
LA JUEZA
ABG. ROSANGELA DAYANA ROMERO MORGADO.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ.
En esta misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado, se devuelven los originales al interesado quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
EL SECRETARIO
ABG. EDWARD HERNÁNDEZ.
Solicitud Nº T2M-V-914-24
RDRM/EH/At
TITULO SUPLETORIO
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