REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR SEGUNDO DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
Caracas, 25 de enero de 2024
213º y 164º
Asunto: AF42-U-2001-000052 Sentencia N° 005/2024
Asunto antiguo: 1703 Tipo: Interlocutoria
El 25 de mayo de 2001 el abogado Manuel Iturbe, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 48.523, actuando con el carácter de apoderado judicial de la sociedad de comercio GOODYEAR DE VENEZUELA, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Estado Carabobo el 1° de abril de 1986, bajo el N° 1, tomo 219-B; interpuso ante el Tribunal Superior Primero (Distribuidor) de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, recurso contencioso tributario contra la Resolución Culminación de Sumario N° RCE-DSA-540-01-000031 de fecha 4 de abril de 2001, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Central del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), en la que se le determinó diferencias de impuestos sobre la renta durante el ejercicio fiscal 1995, se le aplicó multa y se le cálculo intereses moratorios, por la cantidad total de Bolívares trescientos noventa millones cuatrocientos cuarenta y seis mil ciento noventa (Bs. 390.446.190,00), cifra establecida para esa época.
Después de la tramitación del expediente, el 22 de abril de 2013, este Tribunal dictó sentencia Nº 0029/2013 en la que declaró parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario.
Los días 10 y 18 de julio de 2013, las representaciones de la recurrente y del Fisco Nacional apelaron de la mencionada decisión y por auto del 1° de agosto de ese año, este Tribunal oyó la apelación en ambos efectos y remitió la causa a la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
El 7 de diciembre de 2023, se recibió la resulta de la mencionada apelación por medio del Oficio N° 3433 de fecha 31 de octubre de 2023, emanada de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia, en la que se constata la decisión Nº 00205 del 23 de marzo de 2023, mediante la cual declaró -entre otros- parcialmente con lugar el recurso contencioso tributario.
En fecha 12 de diciembre de 2023, se declaró definitivamente firme el fallo aludido, y se ordenó a la contribuyente a proceder con la ejecución conforme a lo establecido en el artículo 307 del Código Orgánico Tributario de 2020.
Ahora bien, observado que la presente causa se encuentra en fase de ejecución, importa resaltar que el artículo 226 del Código Orgánico Tributario de 2020, estableció la competencia a la Administración Tributaria para iniciar e impulsar el procedimiento de cobro ejecutivo y la ejecución de las garantías. (Vid. fallo de la Sala Político-Administrativa Nº 00543 del 14 de mayo de 2015, caso: Aeropostal Alas de Venezuela, C. A.).
Por las razones expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara LA FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa, interpuesta por la sociedad mercantil GOODYEAR DE VENEZUELA, C.A., para iniciar e impulsar el cobro ejecutivo y todas sus incidencias.
Se ORDENA remitir el expediente judicial a la Gerencia General de Servicios Jurídicos del SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), a los fines de que inicie el procedimiento de cobro ejecutivo.
Publíquese, regístrese y líbrese oficio.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Despacho del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, en Caracas, a los veinticinco (25) días del mes de enero del dos mil veinticuatro (2024). Año 213º de la Independencia y 164º de la Federación.
El Juez,
Néstor Luís Correa Vielma El Secretario,
Luís Alfredo Mattioli García
La anterior decisión se publicó en la señalada fecha, a las once y uno de la mañana (11:01 a.m.). El Secretario,
Luís Alfredo Mattioli García
NLCV/LAMG.-
|