REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 15 de enero de 2024
213° y 164°


Asunto N° AP41-U-2006-000752

Sentencia Interlocutoria N° 13/2024


En fecha 23 de octubre de 2006, los ciudadanos Ronald Colman, Edgar Colman y Jesús Alberto Díaz, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 6.897.351, 9.968.166 y 11.410.357, inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nros. 37.594, 44.426 y 70.823, actuando como apoderados judiciales de la sociedad mercantil FASCINACIÓN PLAZA LAS ÁMERICAS, C.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, en fecha 8 octubre de 1986, bajo el N° 25, Tomo 12-A Sgdo., contra el acta de reparo N° RCA-SIV2-/2004/ 9181-000081 de fecha 25 de febrero de 2004, de la Resolución (Sumario Administrativo) Nº RCA/DSA/2005-000187 de fecha 13 de abril de 2005 y Resolución N° GGSJ/GR/DRAAT/2006-1764 de fecha 31 de julio de 2006, emanada de la Gerencia General de Servicios Jurídicos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).

En fecha 08 de febrero de 2007, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario dictó auto de entrada y se ordenaron las notificaciones de ley.

En fecha 05 de junio de 2007, previo cumplimientos de los requisitos legales correspondientes, se admitió mediante Sentencia Interlocutoria N° 26/2007 el Recurso Contencioso Tributario.

En fecha 26 de septiembre de 2023, se deja constancia que la ciudadana Marilenne Sofía Do Paco Serrano, convocada para ejercer funciones como Jueza de este Tribunal Séptimo de lo Contencioso Tributario, se abocó al conocimiento de la presente causa, se libró Cartel a las partes de su nombramiento.

En fecha 19 de octubre de 2023, este Tribunal, mediante Sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva N° 188/2023 se declaró la EXTINCIÓN DEL PROCESO POR PÉRDIDA DEL INTERÉS en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto.
En fecha 15 de enero de 2024, este Tribunal declaró definitivamente firme la Sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva N° 188/2023 de fecha 19 de octubre de 2023, emanada de este Órgano Jurisdiccional.
Ahora bien, visto que el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley número 1434 del Código Orgánico Tributario, publicado en Gaceta Oficial Nº 6.152 de fecha 18 de noviembre de 2014, el cual entro en vigencia en fecha 16 de febrero de 2015, el legislador le confirió la competencia para el cobro ejecutivo y la ejecución de los fallos a través de ese procedimiento administrativo, a la Administración Tributaria, asimismo esta decisión fue ratificada en fecha 29 de febrero de 2020, con la entrada en vigencia del nuevo Código Orgánico Tributario publicado en Gaceta Oficial Extraordinaria Nº 6.507 de fecha 29 de enero de 2020, mediante Decreto Constituyente, en el artículo 308 ejusdem, el cual expresa:
“(…)
“Artículo 308. Vencido el lapso para el cumplimiento voluntario sin que éste se hubiere producido, la Administración Tributaria ejecutará forzosamente la sentencia conforme al procedimiento de cobro ejecutivo previsto en este Código…”
Al respecto, resulta oportuno traer a colación el criterio de la Sala Político Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia mediante decisión Nº 00543 de fecha 14 de mayo de 2015, que estableció:
“…corresponde a la Administración Tributaria iniciar, impulsar y resolver todas las incidencias del cobro ejecutivo; contrario a lo estatuido sobre ese particular los artículo 289 y 290 del Código Orgánico Tributario de 2001, donde el Fisco Nacional iniciaba el juicio ejecutivo mediante escrito ante el tribunal contencioso tributario competente. Por lo tanto, esta Sala advierte la imposibilidad de los Jueces Contencioso Tributario de conocer los juicios ejecutivos, en virtud de haber perdido sobrevenidamente la jurisdicción para tramitarlos. Así se establece.” (Destacado de la Sala Político-Administrativa del Tribunal Supremo de Justicia.
En consecuencia, definitivamente firme como se encuentra la Sentencia Interlocutoria con fuerza definitiva N° 188/2023 de fecha 19 de octubre de 2023, emanada de este Órgano Jurisdiccional, recaída en el Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la sociedad mercantil FASCINACIÓN PLAZA LAS ÁMERICAS, C.A. y vencido el lapso para el cumplimiento voluntario, este Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario; administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara la FALTA DE JURISDICCIÓN en la presente causa y ORDENA remitir el expediente a la Gerencia Regional de Tributos Internos de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), a los fines de su ejecución. Líbrese oficio. Cúmplase.

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Séptimo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas en fecha quince (15) de enero de dos mil veinticuatro (2024).
La Juez.




Marilenne Sofía Do Paco Serrano
La Secretaria Accidental.




Aura Marina Torres Torres


ASUNTO: AP41-U-2006-000752
MSDPS/AMTT/sart