REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, diecisiete (17) de febrero de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º

SOLICITUD N°: T2M-C-1129-2024
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: LAURA DANIELA MATTEY MOREJON.-

Vista la solicitud presentada por el (la) ciudadana LAURA DANIELA MATTEY MOREJON , venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V- 18.855.617, con correo electrónico: lauramm89@gmail.com, y número de telefónico: 0424.360.08.97, asistida por la abogada en ejercicio, JENNY ZULEIMA GARCIA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.176.000, donde solicitan sean declarados los ciudadanos: LAURA DANIELA MATTEY MOREJON Y JOSE LUIS MATTEY SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.855.617 y V-2.245.508, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" del (la) De-Cujus, CARMEN CELESTE MOREJON DE MATTEY, quien en vida fuera de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V-5.161.394, quien era venezolana,, mayor de edad,, titular de la cédula de identidad Nº V-5.161.394, quien falleció ab-intestato el día el día 27-01-2024. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por el solicitante y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los (las) ciudadanos:, LAURA DANIELA MATTEY MOREJON Y JOSE LUIS MATTEY SUAREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-18.855.617 y V-2.245.508, supra identificados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del (la) De-Cujus, CARMEN CELESTE MOREJON DE MATTEY, quien en vida era venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 5.161.394, quien falleció ab-intestato el día veintisiete (27) de enero de 2024, según consta en Acta de Defunción, consignada en autos. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto al interesado. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes. Publíquese y regístrese. Dada, firmada y sellada por este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Cagua, a los diecisiete (17) días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024). Años 213 de la Independencia y 164 de la Federación.-
LA JUEZA,
JUBELY JOSEFINA FRANCO SOTO.
LA SECRETARIA,
ELEANA FLORES BRITO

En la misma fecha se devuelve constante de ( ) folios útiles.

LA SECRETARIA,
Sol. Nº T2M-C-1129-2024
JJFS/efb/.kb