REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SUCRE Y JOSÉ ÁNGEL LAMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Cagua, diecisiete (17) de febrero de dos mil veinticuatro (2024)
213º y 164º

SOLICITUD N°: T2M-C-1131-2024
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.
SOLICITANTE: MARIA ANTONIETA PISANELLI ROGER

Vista la solicitud presentada por la ciudadana, MARIA ANTONIETA PISANELLI ROGER, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-8.739.569, de este domicilio, con número telefónico: 0414-490.69.69, y correo electrónico: antonietapisanelli@gmail.com, asistida por la abogada en ejercicio, JENNY ZULEIMA GARCIA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro.176.000, donde solicitan sean declarados los ciudadanos: MARIA ANTONIETA PISANELLI ROGER, ANA CRISTINA PISANELLI DE JURIC y DOMINGO NICOLAS PISANELLI ROGER, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.739.569, V-8.727.572 y V-9.433.671, respectivamente, en su carácter de hijos, como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS" de la De-Cujus OLGA ROGER DE PISANELLI, quien en vida era venezolana, mayor de edad, viuda, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.434.421,,quien falleció ab-intestato el día nueve (09) de febrero de dos mil veinticuatro (2024) según se evidencia en Copia Certificada del Acta de Defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Sucre del estado Aragua, de fecha diez (10) de febrero de dos mil veinticuatro (2024) bajo el Acta Nro. 83, Tomo I, Folio 083, Año 2024. El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por el solicitante y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos:,, MARIA ANTONIETA PISANELLI ROGER, ANA CRISTINA PISANELLI DE JURIC y DOMINGO NICOLAS PISANELLI ROGER, supra identificados como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS,. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto al interesado. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes. Publíquese y regístrese. Dada, firmada y sellada por este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Sucre y José Ángel Lamas de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Cagua, a los diecisiete (17) días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro (2024). Años 213 de la Independencia y 164 de la Federación.-
LA JUEZA,
JUBELY JOSEFINA FRANCO SOTO.
LA SECRETARIA,
ELEANA FLORES BRITO

En la misma fecha se devuelve constante de ( ) folios útiles.

LA SECRETARIA,


Sol. Nº T2M-C-1131--2024
JJFS/efb/mv.-