ACTA
Nº DE EXPEDIENTE: AP21-L-2024-000566
PARTE ACTORA: MARIA ALEXANDRA HERNANDEZ GUERRA, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-25.326.386.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: NO COMPARECIO
PARTE DEMANDADA: COROPORACION MODO CARACAS C.A.
APODERADA JUDICIAL DE LA DEMANDADA: NO COMPARECIO
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.
En el día de hoy, doce (12) de julio de 2024, siendo las 10:00 a.m., oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, se deja expresa constancia que la parte actora, ciudadana MARIA ALEXANDRA HERNANDEZ GUERRA, venezolana, de este domicilio y titular de la cédula de identidad número V-25.326.386 y la parte demandada la entidad de trabajo COROPORACION MODO CARACAS C.A. no comparecieron a la celebración de la Audiencia Preliminar, ni por sí ni por intermedio de apoderado judicial alguno; en consecuencia; de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Vigésimo Primero 21º de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 214 ° y 165°.
EL JUEZ
ABG. GABRIEL RINCONES
EL SECRETARIO
ABG. LUIS SEIJAS
|