REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO

Vista la diligencia de fecha 27 de Mayo del presente año, consignada por el abogado Luis Enrique Simonpietri, inscrito en el Instituto de Previsión Social del abogado (I.P.S.A) bajo el numero 15.419, respectivamente apoderad judicial del Ciudadano Rafael Vecchio Tepedino, identificado en autos mediante la cual solicita 'el abocamiento' al conocimiento de la presente causa, se acuerda en conformidad. Por cuanto fui designada como Jueza Provisoria, de este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial de los Estados Monagas y Delta Amacuro, designada por la Comisión Judicial en reunión de fecha Dos (02) de Abril de dos mil Veinticuatro (2024) previa juramentación por ante el Presidente del Tribunal Supremo de Justicia Magistrada, CARYSLIA BEATRIZ RODRIGUEZ RODRIGUEZ, en fecha nueve (09) de Mayo de dos mil Veinticuatro (2024); en consecuencia, me aboco al conocimiento del presente asunto.
Asimismo se notifica de la sentencia dictada por esta Instancia Superior Agraria en fecha 04/04/2024, la cual salió fuera del lapso, se ordena la notificación del Instituto Nacional de Tierras (parte demandada) en la persona de su presidente y/o de su(s) apoderado(s) judiciales, del Procurador General de la República mediante boletas y a todas aquellas personas que tengan algún interés en el presente asunto mediante cartel de notificación, dejándose constancia que en vista de la diligencia de la parte actora, no se ordena su notificación por cuanto la misma se encuentra a derecho; informándoles que una vez conste en auto la ultima notificación y transcurridos los diez (10) días de Despacho previstos en el artículo 14 del Código de Procedimiento Civil, más seis (06) días concedidos como termino de la distancia comenzará a correr el lapso previsto en el artículo 90 eiusdem, y vencido el mismo sin que las partes hubieran hecho uso de tal derecho, la causa se reanudará en el estado que se encuentra. Para lo cual se ordena librar boletas de notificación, cartel de notificación, de despacho de comisión y oficio.
La Jueza Provisoria,


Abg. LUZMAIRA MATA RIVERA
La Secretaria,

Abg. MARICELA ASTUDILLO
Exp. Nº 0627-2024
LM/MA/Rg