REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Visto que en fecha 23 de Mayo del presente año la ciudadana Luzmaira Mata, en su condicion de Jueza Provisoria de este Juzgado Superior Agrario, mediante escrito se inhibio de la presente causa y por error involuntario se omitio agregar a la pieza principal el mencionado escrito, es por lo que se ordena agregar copia certificada del escrito de inhibicion. Cumplase.-
La Jueza,
Abg. LUZMAIRA MATA RIVERA La Secretaria,
Abg. MARICELA ASTUDILLO
Exp. 0691-2.023
LM/MA/Mg.-