REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DE LOS ESTADOS MONAGAS Y DELTA AMACURO
Maturín, 06 de Junio de 2.024
214º y 165º
Vista que la sentencia dictada en fecha 20/04/2022 (folios 87 al 91 y sus vtos), dictada por esta Instancia Superior Agraria, quedó definitivamente firme, y vencido como se encuentra el lapso, previsto en el artículo 235 de la Ley de Reforma Parcial de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, discriminado los días para interponer el recurso correspondiente de la siguiente manera: Jueves 21/04/2022, Viernes 22/04/2022, Lunes 25/04/2022, Martes 26/04/2022, Miercoles 27/04/2022, sin que las partes hicieran uso de tal derecho; la declara firme, en consecuencia, se ordena la remisión del presente expediente al Juzgado de la causa. Líbrese oficio.
La Juez Provisoria,
Abg. LUZMAIRA MATA RIVERA La Secretaria,
Abg.MARICELA ASTUDILLO BRITO
Exp. N° 0375-2015.-
LM/MA/Mg.-