V. DISPOSITIVA
Por lo antes expuesto, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO 185-A del Código Civil, formulada por los ciudadanos MARIA ELENA SANCHEZ FRAGOZA y WILLIANS ENRIQUE ACOSTA BETANCOURT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-8.735.785 y V-9.689.439; respectivamente. En consecuencia se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído por ante el Registro Civil de la Parroquia Santa Rita, Municipio Francisco Linares Alcántara de Estado Aragua en fecha 08 de Enero del 2004, anotado bajo el Nº 03, folio Nº 05m tomo 1ª del año 2004 de los libros de Registros de Matrimonios respectivos. Así se decide
Ofíciese lo conducente a los organismos respectivos, a los fines que estampen la nota marginal correspondiente.
Publíquese, regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los catorce (14) días del mes de Junio del año 2024, Años 213º y 164º.
LA JUEZ


BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA

LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
En esta misma fecha, se publicó la anterior sentencia previo anuncio de Ley a las puertas del Tribunal, siendo las 10: 00 a.m.
LA SECRETARIA

TMP-5335-24