-II-
D IS P O SITIV O
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, formulada por los ciudadanos HANYIE JACQUELINE SANCHEZ SANCHEZ y CARLOS BLADIMIR RODRIGUEZ ZERPA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nro. V-14.060.262 y V-12.608.465, respectivamente, debidamente asistidos para éste acto por la abogada MARIBEL ARAUJO, inscrita en el Instituto de Previsión del abogado bajo el N° 191.747,fundamentada en los mencionados principios, la Sala Constitucional de este tribunal Supremo de Justicia, mediante sentencia 693 de fecha 02 de Junio de 2.015. En consecuencia, se declara disuelto el Vínculo Matrimonial que los une, contraído en el Registro Civil de la Parroquia Palo Negro del Municipio Libertador del Estado Aragua, en fecha: 03 de Diciembre de 1999, según consta en acta anotada bajo el Nro.165, Folio 349, Tomo 01 Año 1999, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por dicho Registro.
PUBLÍQUESEYREGÍSTRESE
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Tribunal de Municipio OrdinarioyEjecutordeMedidasdelosMunicipiosLibertadoryFranciscoLinaresAlcántaradelaCircunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los 28 días del mes de junio de 2024.Años 214° delaIndependenciay165° de la Federación.
LAJUEZ
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES
Enestamismafecha,sepublicólaanteriorsentenciaprevioanunciodeLeyalaspuertasdel Tribunal, siendo las 10: 00 a.m.
LASECRETARIA
TMP-5395-24
|