REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA,
Villa de Cura, 28 de Junio del 2024
Años 213° y 164°
SOLICITUD Nª9142
SENTENCIAN°¬¬¬¬¬28- 2662024
SOLICITANTES: JESSIKA MARILYN, KARINA HISSARY, LLUNIS DESIREE, EVELIN CAROLINA Y ESTEBAN JOSE MATOS SEIJAS, venezolanos, titular de las cedulas Nros. V-16.101.141, V-19.004.547, V-17.043.014, V-20.819.823, V-20.117.442. respectivamente.
MOTIVO: UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud presentada por la Ciudadana:JESSIKA MARILYNMATOS SEIJAS, venezolana, soltera, titular de la cedula Nro. V-16.101.141 respectivamente, actuando en nombre propio y representación de sus hermanos:KARINA HISSARY, LLUNIS DESIREE, EVELIN CAROLINA Y ESTEBAN JOSE MATOS SEIJAS, venezolanos, titular de las cedulas Nros. V-19.004.547, V-17.043.014, V-20.819.823, V-20.117.442. respectivamentedebidamente asistidos por la abogada: LUISA PALIMA, inscrita en el inpreabogado bajo el numero 74.242conjuntamente con los recaudos anexos, tales como los siguientes documentos: Acta de Defunción Expedida por el Registro Civil de Villa de Cura, Municipio Zamora, Estado Aragua,Nº 522, Folio 022,Tomo III,Año 2023, de la ciudadana: SEIJAS AQUINO NORMA LLUNIS, Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil deVilla de Cura, Municipio Zamora, Estado AraguaTenor Nº1.113, fecha veintidós (22) de Septiembre de mil novecientos ochenta y dos (1.982),Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil deVilla de Cura, Municipio Zamora, Estado Aragua ActaNº1.653, Tomo V, Año 1.987,fecha nueve (09) de Noviembre de mil novecientos ochenta y siete,(1.987)Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil deVilla de Cura, Municipio Zamora, Estado Aragua, Tenor Nº1.154, Año 1.983, fecha ocho (08), de Septiembre de mil novecientos ochenta y tres, (1.983),Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil deVilla de Cura, Municipio Zamora, Estado Aragua,Tenor Nº430, Año 1.992, fecha diecisiete (17) de Marzo de mil novecientos noventa y dos,(1.992),Acta de Nacimiento expedida por el Registro Civil deVilla de Cura, Municipio Zamora, Estado Aragua,Tenor Nº327, Año 1.991, fecha veinte (20) de febrero de mil novecientos noventa y uno,(1.991),Fotocopias de las cedulas de identidad de cada una de las partes,documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 1.357 del Código Civil,y artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, y vista igualmente la justificación de los ciudadanos: GONZALEZ GABAZUTT JOSE LEONARDO Y MORALES DE GALLUCCI AMARILIS YOLIMAR, titulares de la cedula de identidad Nº V- 26.345.217 y Nº 16.074.397, este tribunal considera suficiente los precedentes diligenciadas para declarar a los Ciudadanos:JESSIKA MARILYNMATOS SEIJAS, KARINA HISSARY, LLUNIS DESIREE, EVELIN CAROLINA Y ESTEBAN JOSE MATOS SEIJAS, venezolanos, titular de las cedulas Nros. V-16.101.141, V-19.004.547, V-17.043.014, V-20.819.823, V-20.117.442. dejando a salvo todos los derechos de cualquier tercero que pudiera tener interés. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Veintiocho(28) de Junio del año 2024. Años: 214º de la Independencia y 165º de la Federación.
LA JUEZA.
ABG: GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ANA REBOLLEDO
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de ( ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ANA REBOLLEDO
EXP N°9142
GCGB/AR/VF
|