REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
SOLICITUD Nº9066
SENTENCIA N°¬¬¬¬34-¬ 15032024
SOLICITANTES: VICENTE SALVADOR AGUILAR CARRIZALEZ, MIGUEL ANGEL AGUILAR CARRIZALES, OSCAR EMILIO AGUILAR CARRIZALES Y EMILIA ESTHER CARRIZALEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-10.341.396, V-12.479.175, 7.294.296 Y 2.219.749, respectivamente.
MOTIVO: UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA
Vista la anterior solicitud presentada por los Ciudadanos:VICENTE SALVADOR AGUILAR CARRIZALEZ, MIGUEL ANGEL AGUILAR CARRIZALES, OSCAR EMILIO AGUILAR CARRIZALES Y EMILIA ESTHER CARRIZALEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-10.341.396, V-12.479.175, 7.294.296 Y 2.219.749, respectivamente, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como los siguientes documentos originales: Acta de defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Girardot, Estado Aragua, bajo el Nº136, Tomo IV, De fecha 08 Marzo del 2013,acta de Matrimonio de los ciudadanos: OSCAR AGUILAR Y EMILIA ESTHER CARRIZALEZ, expedida Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, Nº 3, folio 50 de 1.959,habilitado para el año 1960, acta de Nacimiento expedidas por el Registro Civil,del Municipio Zamora, del Estado Aragua, Nº1324, Año 1.970acta de Nacimiento expedidas por el Registro Civil,del Municipio Zamora, del Estado Aragua, Nº158, Año 1.976,acta de Nacimiento expedidas por el Registro Civil,del Municipio Zamora, del Estado Aragua, Nº2004, Año 1.962, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 1.357 del Código Civil,y artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, y vista igualmente la justificación de las ciudadanas: ALIRIC GONZALEZ CABELLO, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.344.684 Y JOSE MIGUEL GIRLANDO MONTEVIDEO, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad, Nº V-19.206.737, Éste Tribunal considera suficiente las precedentes diligencias para declarar a los ciudadanos:VICENTE SALVADOR AGUILAR CARRIZALEZ, MIGUEL ANGEL AGUILAR CARRIZALES, OSCAR EMILIO AGUILAR CARRIZALES Y EMILIA ESTHER CARRIZALEZ, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-10.341.396, V-12.479.175, 7.294.296 Y 2.219.749, respectivamentecomo ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE DEL CUJUS:OSCAR AGUILAR,quien en vida era de nacionalidad Venezolana; mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-265.462, dejando a salvo todos los derechos de cualquier tercero que pudiera tener interés. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Quince (15) días del mes de Marzo del dos mil veinticuatro (2024). Años: 214º de la Independencia y 163º de la Federación
LA JUEZ PROVISORIA
ABOG: GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ANA MARIA ROBLES
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de ( ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA TEMPORAL
ABOG. ANA MARIA ROBLES
Solicitud N°9066
GCGB/AM/AR
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