REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE




PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.


SOLICITUD Nº 9067
SENTENCIA N°¬¬¬¬¬35-15032024
SOLICITANTES: FRANCISCA SUSANA DOUBAIN DE HERNANDEZ, ELIZABETH YOALY HERNANDEZ DE LUGO, YEINIS SUSANA HERNANDEZ DE SANCHEZ E IXIA YAMILET HERNANDEZ DOUBAIN, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-5.417.518, V-13.276.000, V-13.276.032 Y 15.498.639, respectivamente.
MOTIVO: UNICO Y UNIVERSALES HEREDEROS
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la anterior solicitud presentada por las Ciudadanas: FRANCISCA SUSANA DOUBAIN DE HERNANDEZ, ELIZABETH YOALY HERNANDEZ DE LUGO, YEINIS SUSANA HERNANDEZ DE SANCHEZ E IXIA YAMILET HERNANDEZ DOUBAIN, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-5.417.518, V-13.276.000, V-13.276.032 Y 15.498.639, respectivamente, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como los siguientes documentos originales: Acta de defunción expedida por el Registro Civil del Municipio Girardot, Estado Aragua, bajo el Nº2167, De fecha 10 de Septiembre del 1998,acta de Matrimonio de los ciudadanos: JOSE VICENTE HERNANDEZ Y FRANCISCA SUSANA DOUBAIN LOVERA, expedida Registro Civil del Municipio Zamora del Estado Aragua, Nº 61, de 1.984, acta de Nacimiento expedidas por el Registro Civil , del Municipio Zamora, del Estado Aragua, Nº 697, Año 1.981, acta de Nacimiento expedidas por el Registro Civil , del Municipio Zamora, del Estado Aragua, Nº1382, Año 1.977, acta de Nacimiento expedidas por el Registro Civil , del Municipio Zamora, del Estado Aragua, Nº1594 Año 1.976 documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 1.357 del Código Civil, y artículo 429 del Código de Procedimiento Civil, y vista igualmente la justificación de las ciudadanas: ALIRIC GONZALEZ CABELLO, soltera, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-10.344.684 Y JOSE MIGUEL GIRLANDO MONTEVIDEO, mayor de edad, soltera, titular de la cedula de identidad, Nº V-19.206.737, Éste Tribunal considera suficiente las precedentes diligencias para declarar a las ciudadanas: FRANCISCA SUSANA DOUBAIN DE HERNANDEZ, ELIZABETH YOALY HERNANDEZ DE LUGO, YEINIS SUSANA HERNANDEZ DE SANCHEZ E IXIA YAMILET HERNANDEZ DOUBAIN, Venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédula de identidad N° V-5.417.518, V-13.276.000, V-13.276.032 Y 15.498.639, respectivamente como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE DEL CUJUS: JOSE VICENTE HERNANDEZ, quien en vida era de nacionalidad Venezolana; mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-5.157.901, dejando a salvo todos los derechos de cualquier tercero que pudiera tener interés. Cúmplase.
Dada, firmada y sellada en la Sala de este Despacho, a los Quince (15) días del mes de Marzo del dos mil veinticuatro (2024). Años: 214º de la Independencia y 163º de la Federación
LA JUEZ PROVISORIA

ABOG: GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA

LA SECRETARIA TEMPORAL


ABOG. ANA MARIA ROBLES
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se devuelven los originales constantes de ( ) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.

LA SECRETARIA TEMPORAL


ABOG. ANA MARIA ROBLES
Solicitud N°9067
GCGB/AM/AR