REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO ZAMORA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA.
Villa de Cura, 04 de Marzo de 2024
Años 213° y 164°
SOLICITUD Nº9025
SENTENCIA N°¬¬¬¬¬ -432024
SOLICITANTE: PIÑEYRO GARCIA MARIA EUGENIA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.276.681.
MOTIVO: TÍTULO SUPLETORIO
DECISIÓN: PROCEDENTE
TIPO DE SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la solicitud presentada por la ciudadana:PIÑEYRO GARCIA MARIA ALEJANDRA, venezolana, titular de la cédula de identidad N°V-13.276.682, en representación de la ciudadana: PIÑEYRO GARCIA MARIA EUGENIA, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-13.276.681, por medio de poder de Administración y Disposición, otorgado por el Registro Publico del Municipio Zamora, Estado Aragua, asentado en los libros correspondientes bajo el Nº10, Tomo I, Folio 29, hasta 31,en fecha 27/01/2023, asistidas en este acto por la Abogada YERELKI ZAMORA, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-14.527.949, Inpre. Nº297.787, conjuntamente con los recaudos anexos, tales como: autorización emanada de la Sindicatura Municipal del Municipio Zamora del estado Aragua, certificado de empadronamiento N°CE000167, Levantamiento parcelario, emanados de la Dirección de Catastro y Ejido, documentales estas que valora quien aquí decide conforme a lo establecido en el artículo 8 de la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos, por tratarse de documentos emanados de la Administración Pública, y vista igualmente las justificación de los ciudadanos: ARAUJO DE GARCIA FRANCYS TERESA y llamarse RODRIGUEZ GUTIERREZ JOSE DE JESUS, titulares de las cédulas de identidad N° V-5.159.813 y N°V-12.309.009, respectivamente, promovidas y evacuadas al efecto por ante este Juzgado, de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, éste Tribunal declara TITULO SUPLETORIO a favor de la ciudadana: PIÑEYRO GARCIA MARIA ALEJANDRA, venezolana, titular de la cédula de identidad N°V-13.276.682, sobre unas bienhechurías levantadas en un Lote de terreno propiedad Municipal, con una extensión de terrenos que mide: DOSCIENTOS DIEZ CON CERO CERO,METROS CUADRADOS (210.00m2) ubicado en, Calle FAUSTO MENDOZA, Nº08, DEL BARRIO LAS TABLITAS Municipio Zamora del Estado Aragua, identificado cuyos linderos son: NORTE: En 21,00 Mts. Con casa que es/o fue de Juan José Lara; SUR: En 21,00 Mts. Calle medio y casa que es /o fue de Pedro Juan José Núñez; ESTE: En 10,00 Mts. Con la citada calle en medio y casa que es/o fue de Pedro Juan Fonseca; OESTE: En 10,00Mts. Casa que es/o fue de Lucia Godoy, cuyas características y demás determinaciones constan en la solicitud que encabeza estas actuaciones quedando a salvo en todo caso los derechos de terceros. Devuélvase original de lo actuado a la parte interesada. Cúmplase. En Villa de Cura, a los Cuatro (04) días del mes de Marzo del Dos Mil veinticuatro (2024).
LA JUEZA


ABG. GREIBYS CAROLINA GARCIA DE BARRERA
LA SECRETARIA

ABOG: CARLIZ MALDONADO
En la misma fecha, se le dio cumplimiento a lo ordenado en el auto anterior, se devuelven los originales constantes de (20) folios útiles, a la parte interesada quien firmará el libro de Solicitudes correspondientes en prueba de haber recibido la misma.
LA SECRETARIA

ABOG: CARLIZ MALDONADO
SOLICITUD Nº9025
GCGB/CM/VF.-