REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y MERCANTIL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 21 de Mayo del 2024.
213° y 165°

PARTE ACTORA: Ciudadano VICENTE ANTONIO AMENGUAL SOSA, venezolano, mayor de edad y con cédula de identidad N° V-3.202.469. Abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7178.
PARTE DEMANDADA: Ciudadana LAYMAR MOSCATO DI PIETRO, venezolana, mayor de edad y con cedula de identidad N° V-12.142.483.
MOTIVO: ESTIMACIÒN E INTIMACIÒN DE HONORARIOS PROFESIONALES
EXPEDIENTE N°: 16.036-D
DECISIÓN: SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA


Vista la diligencia que antecede presentada por el Abogado VICENTE ANTONIO AMENGUAL SOSA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 7178, actuando en nombre propio y en el ejercicio de sus derechos, mediante la cual desiste de la acción y del presente procedimiento incoado en contra de la ciudadana LAYMAR MOSCATO DI PIETRO, venezolana, mayor de edad y con cedula de identidad N° V-12.142.483, en consecuencia, este Tribunal, le imparte su homologación, conforme a los términos contenidos en la misma, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, en efecto, se da por terminado el presente juicio y se ordena su remisión al Archivo Judicial en su debida oportunidad. Cúmplase.-
EL JUEZ TITULAR

RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO

ANTONIO HERNÁNDEZ ALFONZO
RCP/AHA/AT
EXP. N° 16.036
En esta misma fecha se cumplió con lo ordenado. -
El secretario