Vista la solicitud de PARTICION DE BIENES; presentada por los ciudadanos: presentada por los ciudadanos: RAUL JOSE JIMENEZ TOLEDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-6.095.616, debidamente asistido por la ciudadana Abogado ZENAIDA AMUNDARAY DE GARCIA, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº244.903 y la ciudadana DORIS JOSEFINA GUILLEN DE JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad NºV-8.329.410, debidamente representada por la ciudadana Abogado FLORELYS VILLASANA GUILLENT, venezolana, mayor de edad, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº172.736, según consta en Poder Especial Judicial, debidamente autenticado por la Notaria Publica Quinta en Maracay Estado Aragua, inserto bajo el Nº30, Tomo 292; Este Tribunal observa que las partes convinieron en realizar la partición de bienes de la comunidad de gananciales de manera amistosa
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