REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS
DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCANTARA
DE LA CIRCUNSCRIPCIONJUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Palo Negro, 15 de Mayo de 2024
210º y 162º
ACTUANDO EN SEDE: CIVIL.
SOLICITUD N°: 7422-24
MOTIVO: DECLARACIÓN DE ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS.-
SOLICITANTE: YENNY MAIGUALIDA FUENMADOR CORTEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.101.194, de profesión abogada e inscrita en el inpreabogado bajo el N°193.916.
En relación a la solicitud presentada por la ciudadana YENNY MAIGUALIDA FUENMADOR CORTEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 15.101.194, de profesión abogada e inscrita en el inpreabogado bajo el N°193.916, donde solicita que se declare a los ciudadanos YENNY MAIGUALIDA FUENMADOR CORTEZ, YERALDIN BRITTGGI BRACAMONTE FUENMAYOR, YENYFER LUCBEL BRACAMONTE FUENMAYOR y HERMEZ JESUS BRACAMONTE GONCALVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V- 15.101.194, V- 26.867.640, V-26.867.641 y V- 16.761.447, como “ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO” del de-cujus, RAMON ENRIQUE BRACAMONTE, quien falleció en fecha 31.12.2023, y en vida fue venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 5.155.422.
El Tribunal una vez analizadas las actuaciones que fueron acompañadas a la solicitud en referencia promovidas por la mencionada ciudadana y evacuadas por ante este mismo Tribunal, y por cuanto no compareció persona alguna interesada, el Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Únicos y Universales Herederos, y en consecuencia, declara conforme a los autos a los ciudadanos YENNY MAIGUALIDA FUENMADOR CORTEZ, YERALDIN BRITTGGI BRACAMONTE FUENMAYOR, YENYFER LUCBEL BRACAMONTE FUENMAYOR y HERMEZ JESUS BRACAMONTE GONCALVES, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad N° V- 15.101.194, V- 26.867.640, V-26.867.641 y V- 16.761.447, como “ÚNICO Y UNIVERSAL HEREDERO” del de-cujus, RAMON ENRIQUE BRACAMONTE, quien falleció en fecha 31.12.2023, según se evidencia en acta de defunción expedida por el Registro Civil de la Parroquia Andrés Eloy Blanco, Municipio Girardot del estado Aragua, inserta bajo el N° 013, folio N° 013, tomo 1 del año 2024.. Y así se decide. Expídanse copias certificadas de la solicitud, del auto de admisión y del presente decreto a los interesados. Devuélvanse las actuaciones a los solicitantes.
Publíquese, regístrese y déjese copia.-
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho de este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. En Palo Negro, a los (15) días del mes de Mayo del 2024. Años 210° de la Independencia y 162° de la Federación.
LA JUEZ,
BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA
STEPHANY QUERO
En la misma fecha siendo las 09:30 a.m., se publicó, se registró y se dejó copia de la anterior decisión.
LA SECRETARIA
Solicitud Nro. 7422-24
…BA/SQ/AG
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