DISPOSITIVO
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Libertador y Francisco Linares Alcántara de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua. Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la solicitud de RECTIFICACIÓN DEL ACTA DE NACIMIENTO, expedida por el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, inserta bajo el acta Nro. 2097, folio Nro.6-B de fecha 29 de Agosto del año 1999, de los libros respectivos; presentada por el ciudadano ABDRIEL JOSUE VEGA ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-21.443.319, asistido por la abogada MARIBEL DEL CARMEN ARAUJO LAMEDA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº V-191.747. La cual previamente determinada queda así, por error material involuntario fue asentado el nombre del padre del solicitante como “LAZARO JOSE VEGA GONZALEZ” y no como “LÁZARO VEGA GIRALDO” que es lo correcto; tal y como se evidencia en copia del acta de nacimiento anexada a los autos. En consecuencia, estámpese la respectiva nota marginal de la presente decisión en el acta por llevada por el Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua, inserta bajo el acta Nro. 2097, folio Nro.6-B de fecha 29 de Agosto del año 1999, expídanse copia certificada de la presente decisión y remítase con oficio al Registro Principal del Estado Aragua y al Registro Civil del Municipio Girardot del estado Aragua a los fines de que se estampe la debida Nota Marginal correspondiente. A los veinte (20) días del mes de mayo del 2024- Líbrense oficios.
LA JUEZ

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA

LA SECRETARIA

STEPHANY ANDREINA QUERO
En la misma fecha se publicó y registró la anterior decisión, previo anuncio de Ley, siendo las 11:00 A.m.
LA SECRETARIA

Exp. N° TMP-5375-24
BA/SQ/lp.-