REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL





TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA JUZGADO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FRANCISCO LINARES ALCÁNTARA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO
ARAGUA.
Palo Negro, 20 de Mayo del 2024
212º y 163º

Vista la anterior solicitud de TITULO SUPLETORIO, formulada por los ciudadanos FRANK ENRIQUE YRADY FRISNEDA y RONEY JOSE YRADY FRISNEDA, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades Nº V-4.367.207 y V-5.601.018, sobre unas bienhechurías ubicadas sobre un lote de terreno, ubicado en ANTES; CALLE ANDRES ELOY BLANCO CRUCE CON CALLE EL SAMAN II N°70 BARRIO LA MORITA II. Código Catastral N° 05-17-01-U01-036-006-005-000-000-000, con un área de terreno de CUATROCIENTOS DIECISEIS METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMETROS CUADRADOS (416,59 Mts2) y un área de construcción DOSCIENTOS TREINTA Y SEIS DIECISEIS METROS CUADRADOS CON TREINTA Y UN CENTIMETROS CUADRADOS (236,31 Mts2); dentro de los siguientes linderos NORTE: Inmueble N°70-A LOTE 04, en (11,10Mts). SUR: CALLE ANDES ELOY BLANCO, SU FRENTE, en (14,77Mts). ESTE: Inmueble N°68 LOTE 08, en (31,69Mts). OESTE: Calle el Saman II, en (32,90Mts),y vistas las declaraciones de los testigos presentados, este Tribunal, conforme a los recaudos consignados por los solicitantes y del contenido de dicha solicitud, DECLARA en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, TITULO SUPLETORIO, a favor de los ciudadanos FRANK ENRIQUE YRADY FRISNEDA y RONEY JOSE YRADY FRISNEDA, , mayores de edad, titulares de las cedulas de identidades Nº V-4.367.207 y V-5.601.018, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, dejándose a salvo los derechos de terceros. Entréguese los originales de la totalidad de las presentes actuaciones a la parte interesada conforme a lo solicitado. Cúmplase
LA JUEZ,

BERLIX COROMOTO ARIAS LOZADA
LA SECRETARIA


STEPHANY ANDREINA QUERO BORGES

En esta misma fecha, se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede y se ordenó devolver los originales.

LA SECRETARIA
Solicitud Exp. Nº TMP7409-24
BAL/SQ/AG