REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA

SOLICITANTE: JUAN GUSTAVO HERNANDEZ LOPEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.569.092

ABOGADA ASISTENTE: SARA CALLOCCHIA, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 100.928

MOTIVO: RECTIFICACION DE ACTA DE NACIMIENTO

Exp. N°: T3M-M-15332

SENTENCIA: DEFINITIVA

Vista la presente solicitud presentada por el ciudadano JUAN GUSTAVO HERNANDEZ LOPEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.569.092, asistido por la Abogada SARA CALLOCCHIA, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 100.928, quien solicitó la Rectificación de su acta de nacimiento, a lo que este despacho observa:

La mencionada acta corre inserta por ante el Registro Civil del Municipio Girardot del Estado Aragua, según acta Nº 1884, Tomo 4, de fecha 18 de Septiembre del año 1956, El error denunciado consiste en que al momento de asentar el acta de nacimiento, el funcionario encargado de transcribir la misma, transcribió como el nombre de su madre como MARIA MERCEDES LOPEZ DE HERNANDEZ siendo lo correcto MERCEDES LOPEZ DE HERNANDEZ, tal y como se puede evidenciar en la copia certificada de la constancia de nacimiento de la madre de la solicitante.-

Para efecto probatorio la solicitante consignó los siguientes recaudos:

1. Acta de Nacimiento del solicitante antes identificado
2. Acta de nacimiento de la madre del solicitante
3. Copias fotostáticas de la cedulas de identidad del solicitante y su hija

Analizados los documentos cursantes en autos como lo son: Acta de nacimiento del solicitante antes identificado, de la cual se evidencia claramente que, el funcionario encargado de transcribir la misma, transcribió el nombre de su madre como MARIA MERCEDES LOPEZ DE HERNANDEZ siendo lo correcto MERCEDES LOPEZ DE HERNANDEZ.-
.
Este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 774 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la solicitud, y ordena en forma sumaria la Rectificación del acta de nacimiento del ciudadano JUAN GUSTAVO HERNANDEZ LOPEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.569.092, por cuanto donde se asentó el nombre de su madre como MARIA MERCEDES LOPEZ DE HERNANDEZ siendo lo correcto MERCEDES LOPEZ DE HERNANDEZ. Se ordena oficiar a los organismos respectivos, a fin de que estampen la debida nota marginal correspondiente en el Acta de nacimiento del ciudadano JUAN GUSTAVO HERNANDEZ LOPEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº 4.569.092.
Expídanse por Secretaría las copias certificadas de la solicitud y de la sentencia que fueren menester a los interesados y remítanse con oficio a los organismos correspondientes.
Publíquese, regístrese y déjese copia del presente fallo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en Maracay, a los (15) días del mes de Mayo de dos mil veinticuatro (2024).- Año 213° de la Independencia y 164° de la Federación.
El Juez,

Héctor Enrique Tabares Agnelli
La Secretaria

Janeth Pérez

En esta misma fecha se publicó y registró la anterior sentencia.

La Secretaria,







HETA/Jp
Exp: T3M-M-15332